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Ley
Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Artículo
256

Artículo 256 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 256 dice que, cuando alguien presente un recurso de inconformidad (que es un reclamo formal contra una decisión), el proceso para resolverlo debe seguir las reglas que marca la Ley General. No se usa un procedimiento especial ni local, sino lo que esa ley federal indique. Básicamente, si tienes un problema con una resolución, todo se maneja conforme a las normas generales ya establecidas.

Texto oficial

Artículo 256. El recurso de inconformidad se sustanciará atendiendo a lo dispuesto por la Ley General. Capítulo III Del Cumplimiento de las Resoluciones

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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