- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 36
Artículo 36 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el Sistema Local va a trabajar siguiendo reglas que ellos mismos van a crear. Además, puede invitar a las personas, instituciones, representantes del gobierno y grupos de la sociedad civil que crea necesarios, según los temas que se vayan a tratar. Esto aplica a la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 36. El Sistema Local funcionará de acuerdo a los lineamentos que creará para tal efecto. Podrá convocar de acuerdo a los temas a tratar a las personas, instituciones, representantes de los sujetos obligados y de la sociedad civil que considere pertinentes. Capítulo II Del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México Sección Primera De su Naturaleza Y Composición
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