- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 37
Artículo 37 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto es como un organismo especial de la Ciudad de México que trabaja por su cuenta, sin que el gobierno le diga qué hacer. Es independiente, imparcial y está formado por un grupo de personas (colegiado). Tiene su propio dinero, puede decidir cómo gastarlo y cómo organizarse por dentro. Su trabajo principal es asegurarse de que se cumplan las leyes sobre el derecho a saber información pública (acceso a la información) y la protección de datos personales, siguiendo lo que dicen la Constitución y otras leyes. En todo lo que hace, debe actuar con reglas claras, legalidad, honestidad y siempre pensando en dar la mayor información posible a la gente.
Texto oficial
Artículo 37. El Instituto es un órgano autónomo de la Ciudad de México, especializado, independiente, imparcial y colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con plena autonomía técnica, de gestión y financiera, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, funcionamiento y resoluciones, responsable de garantizar el cumplimiento de la presente Ley, dirigir y vigilar el ejercicio de los Derechos de Acceso a la Información y la Protección de Datos Personales, conforme a los principios y bases establecidos por el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley General y esta Ley. En su organización, funcionamiento y control, el Instituto se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.