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Ley
Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Artículo
41

Artículo 41 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser Comisionado o Comisionada Ciudadano (un puesto importante que vigila que la información pública sea accesible y se protejan tus datos personales), necesitas cumplir varios requisitos. Debes ser mexicano, tener mínimo 30 años, vivir en la CDMX los últimos dos años y tener buena fama en tu trabajo o estudios. También se requiere que no hayas sido condenado por delitos graves como robo o fraude, y que no hayas militado en partidos políticos ni ocupado ciertos cargos públicos (como ser delegado, secretario de gobierno, fiscal o magistrado) en los últimos cuatro años. Por último, debes presentar tus declaraciones de bienes, intereses y de impuestos.

Texto oficial

Artículo 41. Para ser Comisionada o Comisionado Ciudadano se requiere: Ser ciudadano mexicano, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; Haber residido en la Ciudad de México durante los dos años anteriores al día de la designación; Tener cuando menos treinta años cumplidos al día de su designación; Gozar de reconocido prestigio personal en los sectores público y social, así como en los ámbitos académico y profesional, con experiencia mínima de cinco años en las materias de derecho a la información, protección de datos personales y rendición de cuentas; No haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación o abuso de confianza, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena; No pertenecer o militar en algún partido político o haber sido candidata, candidato o desempeñado algún cargo de elección popular federal, estatal, de la Ciudad de México o municipal durante los cuatro años anteriores a la fecha de su designación; No haber sido titular de alguna dependencia de la Administración Pública de la Ciudad de México, Fiscal o Procurador, Director General de una entidad paraestatal, así como titular de algún Órgano Autónomo de la Ciudad de México, durante los cuatro años anteriores a la fecha de su designación; No haber desempeñado el cargo de Magistrada o Magistrado del Tribunal Superior de Justicia o Consejero de la Judicatura de la Ciudad de México durante los cuatro años anteriores a la fecha de su designación; y Presentar las declaraciones patrimoniales, de intereses y fiscal.

Ver texto oficial de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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