- Ley
- Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
- Artículo
- 73
Artículo 73 de la Ley de Transparencia para el Acceso y Socialización de la Información de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Comisionados son como los jefes encargados de que tú puedas pedir información al gobierno y de que tus datos personales estén protegidos. Tienen que ir a las juntas del Pleno (la reunión donde todos deciden) y votar los temas que se tratan ahí. También pueden contratar y despedir a su propio equipo de asesores, y su trabajo incluye promover programas para que la gente sepa cómo pedir información pública y cuidar sus datos. Además, deben orientarte a ti como ciudadano para que puedas ejercer tus derechos, y hasta pueden representar al Instituto en eventos o juntas donde se hable de estos temas.
Texto oficial
Artículo 73. Corresponde a los Comisionados: Asistir y participar en las sesiones del Pleno y votar los asuntos que sean presentados en ellas; Velar por la efectividad de los Derechos de Acceso a la Información Pública y protección de datos personales; Nombrar y remover libremente al personal de asesoría y apoyo que les sea asignado; Promover, supervisar y participar en los programas de cultura de la transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales; Presentar al Comisionado Presidente la solicitud de los recursos indispensables para ejercer sus funciones para que sean consideradas en la elaboración del anteproyecto de presupuesto del Instituto; Orientar a los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos en la materia; Representar al Instituto en los asuntos que el Pleno determine, y desempeñar las tareas que éste les encomiende; Participar en foros, reuniones, eventos, convenciones y congresos que se lleven a cabo, cuando se refieran a temas en el ámbito de competencia del Instituto y presentar al Pleno un informe de su participación conforme lo establezca su Reglamento Interior; Llevar a cabo actividades de promoción, difusión e investigación de los derechos de acceso a la información, transparencia, protección de datos personales y archivos; Formar parte de las comisiones y subcomisiones que acuerde el Pleno; Suscribir los acuerdos, actas, resoluciones y decisiones del Pleno, que requieran de firma del mismo; De forma directa o por medio del Secretario Técnico, solicitar información a la unidad que corresponda, sobre el estado que guarda el trámite de cualquier asunto; Tener pleno acceso a las constancias que obren en los expedientes de los asuntos competencia del Instituto; Presentar al Pleno, proyectos de acuerdos y resoluciones, y someter a su consideración cualquier asunto competencia del Instituto; Excusarse en el conocimiento de los asuntos que les sean turnados, de conformidad con lo establecido por la presente Ley; Proporcionar al Pleno la información que les sea solicitada en el ámbito de su competencia; Coadyuvar con el Comisionado Presidente en la integración del presupuesto de egresos y los diversos programas e informes del Instituto; y Las demás que les confieran la Ley General, esta Ley, su Reglamento Interior y el Pleno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.