- Ley
- Ley de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México
- Artículo
- 2
Artículo 2 de la Ley de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo define dos conceptos clave para entender esta ley. La **Unidad de Cuenta de la Ciudad de México** es como un valor de referencia en pesos que sirve para calcular multas, pagos o montos que aparecen en las reglas de la ciudad. La otra definición son las **Normas locales vigentes**, que son todas las leyes, códigos o reglamentos hechos por el Congreso local, el Jefe de Gobierno y otras autoridades con permiso para crearlas, siempre que sigan siendo válidas.
Texto oficial
Artículo 2º. Para efectos de lo dispuesto en esta Ley se entenderá por: Unidad de Cuenta de la Ciudad de México.- El valor expresado en pesos que se utilizará, de manera individual o por múltiplos de ésta, para determinar sanciones y multas administrativas, conceptos de pago y montos de referencia, previstos en las normas locales vigentes del Distrito Federal. Normas locales vigentes en el Distrito Federal.- Aquellas Leyes, Códigos, Reglamentos, Acuerdos, Resoluciones, Programas, u otras disposiciones locales de carácter general, emitidas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno y demás autoridades expresamente facultadas para ello, cuya aplicación se encuentre vigente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.