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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-vivienda/10
Ley
Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Artículo
10

Artículo 10 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El FIDERE es una oficina del gobierno de la Ciudad de México que se encarga de cobrar los préstamos o créditos que el Instituto (seguramente una dependencia del gobierno) le prestó a la gente. Su único trabajo es recuperar ese dinero que se debe.

Texto oficial

Artículo 10. El Fideicomiso de Recuperación Crediticia (FIDERE) es el organismo encargado de la recuperación de los créditos del Instituto. SECCIÓN I TITULAR DE LA JEFATURA DE GOBIERNO

Ver texto oficial de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México (pág. 1) ↗

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