- Ley
- Ley de Vivienda para la Ciudad De México
- Artículo
- 116
Artículo 116 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres beneficiario de una vivienda en renta del gobierno y no cumples con lo que dicen las reglas del programa, te pueden aplicar una sanción. Las sanciones pueden ser tres: cancelar tu contrato de renta, obligarte a pagar los daños si a propósito afectas la estructura de la casa, y quitarte los beneficios que hayas recibido de ese programa.
Texto oficial
Artículo 116. Las y los beneficiarios del esquema de vivienda en arrendamientos, serán sancionados cuando exista un incumplimiento que vulnere, lo establecido en los programas de vivienda respectivos. Las cuales podrán ser las siguientes: Recisión del contrato de vivienda en arrendamiento; El pago de daños y perjuicios, en caso de ocasionar alteraciones dolosas, que afecten la estructura de la vivienda en arrendamiento; y Suspensión de los beneficios que haya recibido, derivados del programa en comento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.