- Ley
- Ley de Vivienda para la Ciudad De México
- Artículo
- 38
Artículo 38 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Vivienda tiene varias tareas principales para ayudar a que la gente tenga una casa digna. Una de ellas es revisar y dar su opinión sobre los planes de vivienda y desarrollo de la ciudad, siempre pensando en cómo coordinarse con los municipios de alrededor. También debe llevar un registro de información sobre vivienda (como cuántas casas faltan o cómo están) y opinar sobre el dinero que se va a gastar en estos programas. Además, puede hacer estudios sobre el tema y escuchar las ideas que le manden ciudadanos, empresas o grupos sociales. Por último, puede crear equipos de trabajo para resolver asuntos específicos y definir las reglas para que todo funcione bien.
Texto oficial
Artículo 38. Para el cumplimiento de su objeto, la Secretaría de Vivienda tendrá las siguientes funciones: Párrafo reformado G.O.CDMX 02/05/25 Conocer, analizar y formular propuestas con respecto a las políticas de vivienda adecuada y desarrollo urbano, contenidas en los programas de Vivienda y emitir opiniones sobre su cumplimiento, con una visión de coordinación metropolitana; Fracción reformada G.O.CDMX 02/05/25 Conocer, analizar y formular propuestas del Sistema de Información de la Vivienda; Opinar sobre los presupuestos destinados a programas de vivienda; Presentar estudios en materia de vivienda; Recibir y analizar las propuestas que los sectores social y privado y los particulares interesados, les hagan llegar; Emitir los lineamientos para su operación y funcionamiento; y Aprobar la creación de comités y grupos de trabajo, para la atención de temas específicos y emitir los lineamientos para su operación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.