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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-vivienda/45
Ley
Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Artículo
45

Artículo 45 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México va a crear formas de apoyar nuevas ideas y tecnologías para hacer casas y construir usando materiales más modernos. Le va a dar preferencia a los proyectos que vengan de universidades públicas y centros de investigación del país. Esto significa que si una escuela o instituto público propone una idea para construir mejor, el gobierno la va a tomar más en cuenta. El objetivo es que haya más innovación en cómo se construye y en los materiales que se usan para las viviendas.

Texto oficial

Artículo 45. La administración pública de la Ciudad de México, diseñará mecanismos de promoción para la innovación e intercambio tecnológico en la producción y el empleo de materiales y productos para la construcción de vivienda, privilegiando las propuestas que realicen las instituciones públicas de investigación y educación superior del país.

Ver texto oficial de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.