- Ley
- Ley de Vivienda para la Ciudad De México
- Artículo
- 66
Artículo 66 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Gobierno de la Ciudad de México tiene que poner en marcha programas para que tú puedas mejorar tu casa o departamento, incluso si vives en un condominio. También debe fomentar que los vecinos se organicen y participen en arreglar sus viviendas. Además, estos programas deben apoyar que puedas construir o ampliar tu casa poco a poco, según tus necesidades y posibilidades.
Texto oficial
Artículo 66. El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría y el Instituto, de acuerdo a sus atribuciones, o, para efectos de esta Ley, deberá promover programas que incentiven: El mejoramiento de las viviendas; incluyendo aquellas registradas en régimen de propiedad en condominio de la Ciudad de México; La participación ciudadana en el mejoramiento de las viviendas; Vivienda progresiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.