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Ley
Ley de Vivienda para la Ciudad De México
Artículo
92

Artículo 92 de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno de la Ciudad de México, junto con la Secretaría, va a crear un plan para usar el suelo y los terrenos disponibles de manera que se construya vivienda y se desarrolle la ciudad, pero siempre pensando en el bien de todos. Esto significa que lo que beneficie a la comunidad estará por encima de los intereses de unos cuantos, y que los dueños de propiedades deben compartir tanto los gastos como las ganancias del crecimiento urbano. También se busca que todos puedan acceder a servicios, parques y espacios públicos sin importar su situación económica, y que se aprovechen los terrenos y edificios vacíos o abandonados para darles un uso que ayude a la sociedad. Por último, se va a dar prioridad a recuperar y mejorar los espacios públicos para que la ciudad sea más justa y habitable para todos.

Texto oficial

Artículo 92. El Gobierno de la Ciudad de México, en conjunto con la Secretaría impulsará una política de suelo y reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda, que asegure la función social de la propiedad y de la ciudad, bajo los siguientes principios: Prevalencia del interés público frente al interés privado; Distribución equitativa de las cargas y beneficios que genera el desarrollo urbano; Acceso sustentable de los recursos naturales, priorizando el interés social, cultural y ambiental de la propiedad; Acceso igualitario a toda la población a los servicios, equipamientos, espacios públicos y, en general, a los diversos satisfactores que deben ofrecer la ciudad; Pleno aprovechamiento del suelo urbano y de los inmuebles públicos y privados no edificados, no utilizados, subutilizados o no ocupados, así como su reciclamiento, para el cumplimiento de la función social de la propiedad; y Rescate y revaloración del espacio público.

Ver texto oficial de la Ley de Vivienda para la Ciudad De México (pág. 1) ↗

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