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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-voluntad-anticipada-distrito-federal/34
Ley
Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal
Artículo
34

Artículo 34 de la Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley desde 2012. En términos legales, "derogado" significa que esa regla dejó de aplicarse por completo, como si se hubiera borrado de los libros. Así que no tienes que preocuparte por cumplir con algo que ya no existe.

Texto oficial

Artículo 34. Se deroga. (Artículo derogado GODF 27/07/2012)

Ver texto oficial de la Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.