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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-voluntad-anticipada-distrito-federal/35
Ley
Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal
Artículo
35

Artículo 35 de la Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 35 fue eliminado de la ley el 27 de julio de 2012. Eso significa que ya no existe ni tiene validez, como si lo hubieran borrado del libro de reglas. Al estar derogado, no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 35. Se deroga. (Artículo derogado GODF 27/07/2012)

Ver texto oficial de la Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.