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- Ley
- Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal
- Artículo
- 43
Artículo 43 de la Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 43 fue eliminado de la ley, por lo que ya no existe ni tiene validez. Esto significa que ya no aplica ninguna regla que estuviera escrita ahí. La derogación ocurrió el 27 de julio de 2012, según el periódico oficial del gobierno. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por ese artículo porque ya no cuenta.
Texto oficial
Artículo 43. Se deroga. (Artículo derogado GODF 27/07/2012)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.