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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-voluntad-anticipada-distrito-federal/43
Ley
Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal
Artículo
43

Artículo 43 de la Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 43 fue eliminado de la ley, por lo que ya no existe ni tiene validez. Esto significa que ya no aplica ninguna regla que estuviera escrita ahí. La derogación ocurrió el 27 de julio de 2012, según el periódico oficial del gobierno. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por ese artículo porque ya no cuenta.

Texto oficial

Artículo 43. Se deroga. (Artículo derogado GODF 27/07/2012)

Ver texto oficial de la Ley de Voluntad Anticipada para Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.