Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-centros-desarrollo-infantil-tribunal-superior-justicia-distrito/13
Ley
Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 del Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 13 dice que el Centro de Desarrollo Infantil (CENDI) tiene varias áreas de trabajo. Está la directora, que es la jefa, y luego áreas como la pedagógica (de enseñanza), trabajo social, psicológica, médica preventiva, de nutrición y odontológica preventiva. Cada una se encarga de algo distinto para cuidar a los niños.

Texto oficial

Artículo 13.- El CENDI está integrado por las siguientes áreas: I.- Directora del CENDI; II. - Área Pedagógica; III.- Área de Trabajo Social; IV.- Área Psicológica; y V.- Área Medico preventiva VI.- Área de nutrición; VII.- Área Odontológica preventiva.

Ver texto oficial del Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.