- Ley
- Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 16
Artículo 16 del Reglamento de los Centros de Desarrollo Infantil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El área de Trabajo Social tiene la labor de fomentar la comunicación entre la guardería (CENDI), la familia y la comunidad. Para lograrlo, organiza actividades que ayuden al desarrollo completo de los niños. También se encarga de hacer un estudio de la situación económica y social de los trabajadores que piden un lugar para sus hijos en el CENDI. Este estudio solo se realiza si la solicitud del trabajador ya fue aprobada según el artículo 34 del mismo reglamento.
Texto oficial
Artículo 16.- Concierne al área de Trabajo Social impulsar la interacción entre el CENDI, el núcleo familiar y la comunidad, a través de la programación de actividades sociales que coadyuven al desarrollo integral del infante. Así como realizar el estudio socio-económico a los trabajadores que presenten solicitud de ingreso de sus hijos al CENDI y que le haya sido aprobada en los términos del artículo 34 del presente reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.