- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 31
Artículo 31 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los promotores de boxeo son vistos como empleados de las empresas que los contratan, así que si un promotor comete una falta, la empresa es la que responde directamente. Esto significa que la empresa no puede echarle la culpa solo al promotor, sino que ella misma debe asumir las consecuencias legales. En pocas palabras, la empresa es la responsable de lo que haga su promotor.
Texto oficial
Artículo 31. Los promotores de Box serán considerados como empleados de las Empresas y, por lo tanto, éstas serán responsables directos de cualquier falta o infracción que cometan los promotores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.