- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 64
Artículo 64 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una pelea de boxeo sea válida, el peso de las boxeadoras se revisa con mucha precisión. A esa revisión solo pueden entrar cuatro tipos de personas: la persona Comisionada que esté de turno, el doctor del Servicio Médico o su ayudante, el encargado de la Secretaría, y los representantes de las boxeadoras. Nadie más puede estar presente para evitar trampas o influencias. En pocas palabras, es un proceso súper controlado y privado solo para los encargados oficiales y los representantes de cada peleadora.
Texto oficial
Artículo 64. El peso de las boxeadoras se verificará con toda exactitud y sólo podrán estar presentes: La persona Comisionada en Turno; La persona titular del Servicio Médico o la Auxiliar designada; La persona titular de la Secretaría, y Las personas representantes de las boxeadoras.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.