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Ley
Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que las juntas del Comité Técnico solo pueden durar máximo tres horas. Pero si ya terminaron de hablar de un tema y todavía les falta tratar otros, los miembros del comité pueden votar rápido, sin discutir, si quieren seguirle. Para eso, solo necesitan que más de la mitad esté de acuerdo. En resumen, la junta normal dura tres horas, pero pueden alargarla si la mayoría vota a favor.

Texto oficial

Artículo 19. El tiempo límite de las sesiones será de tres horas. No obstante, al concluir la discusión de un asunto, el Comité Técnico podrá decidir, sin debate y por mayoría simple, continuar con la sesión.

Ver texto oficial del Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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