- Ley
- Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 39
Artículo 39 del Reglamento del Comité Técnico de Modificaciones a los Programas de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Secretario puede pedir hablar y se le dará la palabra cuando sea su turno según la lista de oradores. No puede pasarse del tiempo que se haya establecido para cada ronda. Esto aplica para que todos tengan oportunidad de participar sin que alguien se exceda.
Texto oficial
Artículo 39. El Secretario podrá solicitar el uso de la palabra el cual se le concederá en el orden que le corresponda en la lista de participantes. Sus intervenciones no excederán de los tiempos fijados para cada ronda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.