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Ley
Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Presidente del Consejo tiene varias responsabilidades. Primero, da inicio oficial a las reuniones del grupo. También es quien dirige y coordina las juntas del Consejo. Además, se encarga de comunicar las decisiones importantes a todos los miembros. Por último, representa al Consejo cuando habla con otras organizaciones o autoridades, y puede hacer otras cosas que marquen las leyes o reglamentos.

Texto oficial

Artículo 12. Son facultades del Presidente del Consejo: Instalar formalmente el Consejo, para el inicio de sus trabajos; Presidir las sesiones del Consejo; Difundir las políticas dentro del Consejo; Representar al Consejo ante otras instancias, y Las demás que determine este Reglamento y otros ordenamientos aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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