- Ley
- Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal
- Artículo
- 25
Artículo 25 del Reglamento Del Consejo Para El Desarrollo Urbano Sustentable Del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si nadie pide hablar sobre un tema de la lista de asuntos a tratar, el Presidente del Consejo lo pasa directamente a votación, pero solo si el asunto necesita votarse. En pocas palabras, si no hay debate, se vota de inmediato.
Texto oficial
Artículo 25. Cuando ningún integrante solicite el uso de la palabra para la discusión de un asunto listado en el orden del día, el Presidente del Consejo lo someterá a votación, si el asunto así lo requiere.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.