Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-consejo-publicidad-exterior-distrito-federal/30
Ley
Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal
Artículo
30

Artículo 30 del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En las juntas normales (sesiones ordinarias), tanto el Consejero Presidente como los demás Consejeros pueden pedir que se metan otros temas a la plática, además de los ya previstos. Pero en las juntas especiales (sesiones extraordinarias), solo se habla de los asuntos para los que se citó a la reunión, así que no se permite agregar temas nuevos.

Texto oficial

Artículo 30. En las sesiones ordinarias, el Consejero Presidente y los Consejeros podrán solicitar la inclusión de asuntos generales. En las sesiones extraordinarias solo se tratarán aquellos asuntos para las que fueron convocadas, por lo cual no podrán incluirse asuntos generales. Capítulo Quinto De la celebración de las sesiones

Ver texto oficial del Reglamento del Consejo de Publicidad Exterior del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.