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Ley
Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
Artículo
31

Artículo 31 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Subcomisiones son grupos más pequeños que hacen el trabajo que ya está escrito en este Reglamento. Sus representantes son elegidos por el gobierno (la Administración Pública) y el Sindicato, que es la organización que defiende a los trabajadores. Pero esos representantes pueden ser quitados de su puesto si no siguen lo que dice la Ley, este Reglamento, o lo que ordene el Pleno de la Comisión (que es el grupo principal que toma decisiones). En otras palabras, si no cumplen las reglas, los pueden correr del cargo.

Texto oficial

ARTICULO 31.- Las Subcomisiones cumplirán con las funciones que les atribuye el presente Reglamento y sus Representantes serán designados por la Administración Pública y el Sindicato.   Dichos representantes serán destituidos del cargo cuando no cumplan con las disposiciones establecidas en la Ley, el presente Reglamento y todas aquellas que determine el Pleno de la Comisión.

Ver texto oficial del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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