- Ley
- Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
- Artículo
- 35
Artículo 35 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Subcomisiones están formadas por dos personas de las dependencias del gobierno y dos del Sindicato, más un Secretario Técnico. Cada representante principal puede tener un suplente, que solo trabaja cuando el principal falta, se disculpa o es rechazado. Si hay pleito o empate al votar en la Subcomisión, le avisan a la Comisión para que ella dé la última palabra.
Texto oficial
ARTICULO 35.- Las Subcomisiones se integrarán con dos representantes de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Delegaciones que corresponda y dos representantes del Sindicato, así como el respectivo Secretario Técnico. Por cada Representante Propietario podrá designarse el respectivo suplente, quien entrará en funciones únicamente cuando el propietario se encuentre ausente, se excuse o sea recusado. En los casos de controversia en el Pleno de la Subcomisión, así como para los casos de empate, serán notificados a la Comisión para su resolución definitiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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