Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-escalafon-trabajadores-base-administracion-publica-distrito-federal/42
Ley
Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
Artículo
42

Artículo 42 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 42 dice que cuando evalúan a los trabajadores para subir de puesto, toda la información se anota en un formato llamado "cédula de evaluación". Ese formato debe ser revisado y firmado por el Secretario Técnico de la Subcomisión y por cualquier otra persona externa que haya participado en la evaluación. Esto es para asegurar que la calificación que te dan sea legal y correcta. Así que, en pocas palabras, todo debe quedar por escrito y con firmas de quienes lo revisan.

Texto oficial

ARTICULO 42.- La calificación de los factores escalafonarios se asentará en una cédula de evaluación, debidamente validada por el Secretario Técnico de la Subcomisión y los terceros que intervengan.

Ver texto oficial del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.