- Ley
- Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
- Artículo
- 42
Artículo 42 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 42 dice que cuando evalúan a los trabajadores para subir de puesto, toda la información se anota en un formato llamado "cédula de evaluación". Ese formato debe ser revisado y firmado por el Secretario Técnico de la Subcomisión y por cualquier otra persona externa que haya participado en la evaluación. Esto es para asegurar que la calificación que te dan sea legal y correcta. Así que, en pocas palabras, todo debe quedar por escrito y con firmas de quienes lo revisan.
Texto oficial
ARTICULO 42.- La calificación de los factores escalafonarios se asentará en una cédula de evaluación, debidamente validada por el Secretario Técnico de la Subcomisión y los terceros que intervengan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.