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Ley
Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal
Artículo
51

Artículo 51 del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás trabajando en un puesto de manera provisional porque ganaste un concurso (como un examen o selección), tienes derecho a que ese puesto se vuelva definitivo, sin necesidad de hacer otro concurso. Esto aplica siempre y cuando tu puesto cumpla con lo que dice el Artículo 11, Fracción II de este reglamento. En pocas palabras, si ya pasaste la prueba una vez, no tendrás que volver a competir para quedarte con el puesto de forma permanente.

Texto oficial

ARTICULO 51.- El trabajador que previo concurso se encuentre ocupando un puesto de manera provisional, en los términos del Artículo 11, Fracción II del presente Reglamento, tendrá derecho a que se le asigne como definitivo al quedar como tal sin que se requiera de un nuevo concurso.

Ver texto oficial del Reglamento de Escalafón de los Trabajadores de Base de la Administración Pública del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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