- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 169
Artículo 169 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En este artículo se habla de cómo se les paga a las personas que te prestaron dinero o a las que les debes (las "acreedoras"). Cuando una empresa o persona está cerrando sus cuentas por completo (liquidación), debe asegurarse de pagarles a todos los que tienen derecho a recibir dinero. El pago se hace siguiendo un orden especial que ya está establecido en la ley, para que nadie se quede sin su parte si hay fondos suficientes. Básicamente, es la regla que dice cómo y a quién se le entrega lo que se debe cuando se termina de liquidar todo.
Texto oficial
Artículo 169. Pago a las personas Acreedoras. CAPÍTULO V. DEL DICTAMEN DE CIERRE DE LA LIQUIDACIÓN
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