Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1El artículo 1 solo dice que este reglamento sirve para establecer las reglas de algo, como su propósito principal. El artículo 2 es un glosario, es decir, una lista de palabras complicadas con su significado para que todos entiendan de qué se habla. Así que, básicamente, estos artículos te dicen para qué sirve el documento y definen los términos que vas a encontrar.
- Art. 2El Artículo 2 es como un diccionario que define las palabras clave que se usan en todo el reglamento. Te dice, por ejemplo, que cuando mencionen "Constitución Federal" se refieren a la de todo México, y "Constitución Local" a la de la Ciudad de México. También aclara quiénes son las autoridades, como el "Instituto Nacional" (el INE) o el "Instituto Electoral" (el de la CDMX). Además, explica términos como "Aspirante" (la persona que busca ser candidata sin partido) o "Efectivo" (el dinero en billetes y monedas disponible). En pocas palabras, sirve para que todos entiendan lo mismo cuando lean las reglas.
- Art. 3**Artículo 3.** Las autoridades que tienen la obligación de hacer cumplir la ley son las que se mencionan en este reglamento. **Artículo 4.** Las personas físicas o morales (empresas, asociaciones) que deben cumplir con lo que ordena la ley se llaman "sujetos obligados".
- Art. 4Este artículo dice quiénes tienen que seguir las reglas de este Reglamento. Para revisar cómo se manejan los ingresos y gastos, aplica a grupos políticos locales, organizaciones de ciudadanos que quieran ser partido político, y grupos de observadores electorales. Para asuntos de liquidación (cuando cierran sus cuentas), aplica a partidos políticos locales, grupos políticos, asociaciones civiles de candidatos sin partido, y organizaciones que quieran ser partido. Para procedimientos sancionadores (cuando los investigan por faltas), aplica a todos los anteriores más las reglas que dicte el Instituto Nacional.
- Art. 5El Artículo 5 dice que cuando una ley o regla no esté clara, se debe entender de la manera que más ayude a las personas, no al revés. El Artículo 6 explica que si en una ley falta algo, se puede usar otra ley parecida para llenar ese vacío, como cuando tu receta no dice cómo hervir agua y buscas en otra receta. O sea, si una norma no cubre un caso, se aplica una ley similar que sí lo haga. Esto es para que siempre haya una solución, sin dejar cosas sin resolver.
- Art. 6Este artículo dice que si el reglamento no menciona algo específico sobre un tema, se deben usar otras leyes para llenar ese vacío. Las leyes que se pueden usar son las que aparecen en la lista, como la Constitución, el Código de Comercio o el Código Civil. Además, si ninguna de esas leyes resuelve el asunto, la última palabra la tiene la Comisión, que es la autoridad encargada. En pocas palabras, es como tener un "plan B" de leyes para cuando falte una regla clara.
- Art. 7La Comisión tiene el poder de decidir cómo aplicar este reglamento. Puede emitir reglas o instrucciones para que todos cumplan con lo que dice la ley. Además, puede pedir información o revisar documentos para asegurarse de que se respeten estas reglas.
- Art. 8Este artículo dice que una Comisión especial tiene el poder de pedirle en cualquier momento a la Dirección Ejecutiva los papeles y datos sobre lo que están haciendo. También, la Comisión se encarga de supervisar cómo trabajan las personas que intervienen y liquidan (cierran) los bienes de un partido político. Por ejemplo, puede pedirles un informe por escrito de cómo van, y si la persona liquidadora no cumple con su trabajo, la Comisión arma un expediente y se lo manda a la Secretaría Ejecutiva para que tomen cartas en el asunto. Además, si detecta algo fuera de su alcance, avisa a la Dirección Ejecutiva para que pase toda la información a la Secretaría Ejecutiva.
- Art. 9La Dirección Ejecutiva es la que se encarga de hacer todas las notificaciones, es decir, de avisarte oficialmente cuando haya algo importante que debas saber, como una multa o un juicio. Ella decide cómo, cuándo y dónde se te va a notificar, siempre siguiendo las reglas que marca la ley. También puede pedir ayuda a otras autoridades para asegurarse de que el aviso te llegue bien. En pocas palabras, es la jefa de todo el proceso de notificaciones.
- Art. 10El artículo 10 dice que cuando te avisen de algo legal (como una demanda o un citatorio), deben seguir un proceso específico. Te tienen que entregar el aviso directamente a ti o a alguien que viva en tu casa y sea mayor de edad. Si no te encuentran, pueden dejar una copia del aviso en tu domicilio con otra persona o fijarlo en la puerta. Esto es para asegurarse de que sí te llegó el mensaje y no puedas decir que no te avisaron.
- Art. 11El artículo 11 dice que hay diferentes formas de avisar a alguien sobre algo legal. Por ejemplo, te pueden notificar por escrito, en persona, por correo o hasta por un periódico si no te encuentran. Cada tipo de notificación se usa según el caso, como cuando te citan a un juicio o te mandan un documento importante.
- Art. 12Los plazos son los tiempos que tienes para hacer algo, como pagar o presentar un documento. Se cuentan en días naturales, a menos que la ley o el juez digan otra cosa. Los días inhábiles (como fines de semana o festivos) no cuentan si el plazo está en días hábiles. Y si el plazo vence en un día inhábil, se corre al siguiente día hábil.
- Art. 13Las cédulas de notificaciones son los documentos que te entregan para avisarte algo de un juicio. Este artículo dice que deben tener datos claros como el nombre de la persona a quien le avisan, el juzgado que lo manda, y la fecha y hora en que te lo dieron. También deben explicar de qué se te está notificando, ya sea una demanda, una sentencia o algún otro paso del juicio. Si falta alguno de estos datos, la notificación no es válida y podrías reclamar.
- Art. 14Para que una notificación personal sea válida, el notificador debe buscarte en tu domicilio en dos días distintos; si no te encuentra, te dejará un citatorio para que lo esperes al día siguiente entre las 9 y las 18 horas. Si tampoco así te localiza después de ese tiempo, la notificación se hará por medio de un aviso que pegará en la puerta de tu casa y te entregará a ti o a quien viva allí. También se te puede notificar directamente cuando te presentas ante la autoridad o por acuerdo de las partes.
- Art. 15Cuando el ministerio público necesita hablar contigo, primero te envía un citatorio por escrito, sin que puedas negarte a recibirlo. Si no te presentas la primera vez, te mandan otro citatorio. Solo si ignoras los dos citatorios, el ministerio público puede pedirle a un juez que ordene que te lleven a la fuerza (usando a la policía). Es decir, siempre te dan dos oportunidades antes de usar la fuerza pública.
- Art. 16Para avisarte de una notificación por estrados, el juzgado pone un anuncio en un lugar visible de su oficina (el estrado) durante tres días seguidos. Ese anuncio debe tener tu nombre completo, el número del caso y la resolución que te quieren notificar. Al terminar esos tres días, se considera que ya se te notificó legalmente. Esto aplica cuando no te pudieron localizar en tu domicilio para darte el aviso personalmente.
- Art. 17Las notificaciones electrónicas se hacen a través de un sistema oficial que te avisará cuando recibas un documento importante, como una demanda o un requerimiento. Cuando te llegue una notificación, el sistema te mandará un correo o mensaje para que puedas entrar a la plataforma y leer el documento. Si no abres el documento en el plazo que marca la ley, se considera que ya te notificaron igual, así que es mejor revisar seguido tu bandeja. También puedes pedir que te manden copias impresas si no tienes acceso a internet, pero el proceso oficial es por computadora.
- Art. 18Si te piden que vayas a las oficinas del tribunal para recibir una notificación, tienes que presentarte sin falta. Cuando llegues, el secretario del juzgado te leerá el documento completo y te dará una copia. Este trámite demuestra que ya estás enterado del asunto legal. Si no asistes, podrían aplicarte una multa o incluso obligarte a ir con la policía.
- Art. 19El Artículo 19 dice que las autoridades pueden usar métodos como multas o arrestos para obligarte a cumplir con la ley. El Artículo 20 se refiere a cuando un servidor público no hace su trabajo, como no darte la orientación o asesoría que necesitas. En estos casos, esa autoridad puede ser sancionada por no cumplir con lo que debe hacer. En pocas palabras, si un funcionario te ignora o no te ayuda, puede meterse en problemas. Todo esto está dentro de las reglas sobre cómo deben orientarte y asesorarte.
- Art. 20Si una autoridad no te entrega la información que le pediste a tiempo, la Dirección Ejecutiva va a armar un expediente (un documento con todos los detalles del caso) y se lo mandará al Secretario Ejecutivo. Ese Secretario se lo notificará al jefe directo de la autoridad que no te dio la información, para que ese jefe actúe según lo que marca la ley y ordene que te entreguen los datos de inmediato. En corto, si una dependencia te niega información, su propio superior va a tener que intervenir para que te la den.
- Art. 21Si necesitas asesoría u orientación legal, el artículo dice que debes seguir los pasos que las autoridades indiquen para solicitarla. Esto implica que hay un proceso formal, como llenar un formato o acudir a una oficina, pero no explica los detalles exactos. Los "sujetos obligados" son las instituciones o funcionarios que deben darte esa ayuda. En resumen, tienes derecho a pedir información legal, pero debes hacerlo de la manera que ellos te pidan. Infórmate bien con la institución correspondiente sobre los requisitos.
- Art. 22El artículo 22 dice que las agrupaciones se forman para un propósito específico. Básicamente, su razón de ser es cumplir con ciertos objetivos que están marcados en sus reglas internas. Cada grupo debe tener claro para qué fue creado y trabajar en eso, sin desviarse. Es como cuando juntas con tus cuates para hacer una coperacha: todos saben que el dinero es para la pizza, no para otra cosa.
- Art. 23La Organización de Ciudadanos sirve para que los vecinos de una comunidad puedan unirse y participar en asuntos que les afectan directamente. Su objetivo es fomentar la cooperación entre las personas para mejorar su colonia o barrio. También busca resolver problemas comunes, como la falta de servicios o la seguridad. En pocas palabras, es una herramienta para que los ciudadanos se organicen y trabajen juntos por su bienestar.
- Art. 24Las organizaciones de observadores son grupos que vigilan cómo se hacen las elecciones para asegurarse de que todo sea legal y transparente. Su tarea principal es ver que los procesos electorales cumplan con las leyes y no haya trampas. No pueden meterse a organizar las votaciones, solo a supervisar lo que pasa.
- Art. 25El artículo 25 habla sobre cómo debe estar organizada la estructura de una empresa o entidad que está obligada a llevar contabilidad. Esto significa que la empresa debe tener un orden claro y definido en sus áreas y funciones. Básicamente, la ley pide que sepas cómo está organizado tu negocio para que sea fácil de revisar cuando las autoridades lo necesiten. No es nada complicado: solo ten claro quién hace qué en tu empresa.
- Art. 26La contabilidad de tu negocio debe llevar un registro claro de cada operación, como las ventas o gastos que hagas. Tienes que anotar todo en orden cronológico, sin borrones ni tachaduras, para que se entienda fácilmente. Además, cada movimiento debe tener un comprobante, como un ticket o factura, que respalde lo que anotaste. Así, si alguien revisa tus cuentas, puede verificar que todo esté en regla sin complicaciones.
- Art. 27El artículo dice que las oficinas del gobierno (Sujetos Obligados) están obligadas a crear y guardar datos claros sobre su trabajo, como gastos, decisiones o cómo funcionan. Tienen que hacerlo para que cualquier persona pueda pedir esa información y revisarla cuando quiera. Esto ayuda a que el gobierno sea más transparente y que nadie pueda esconder cosas. En resumen, no solo deben tener la información, sino también producirla si aún no existe.
- Art. 28Las operaciones que hagas con tu tarjeta se registran en el momento exacto en que las realizas, no cuando las veas en tu estado de cuenta. Por ejemplo, si compras algo un lunes, esa compra ya cuenta desde ese lunes, aunque el banco la muestre hasta el miércoles. Lo mismo aplica para depósitos, retiros o pagos que hagas. Así que debes llevar tus propios apuntes para no perderte.
- Art. 29Para llevar la contabilidad simplificada, solo necesitas un libro o registro donde anotes tus ingresos (lo que ganas) y tus egresos (lo que gastas), ya sea en papel o en computadora. También debes guardar los comprobantes de tus gastos, como facturas o tickets, por si te los piden. No hace falta que hagas balances complicados ni que lleves cuentas de muchos libros; con lo básico basta. Esto aplica si eres una persona física con negocios chicos o actividades que no requieren contabilidad completa.
- Art. 30El artículo 30 dice que si decides llevar una contabilidad simplificada (un método más fácil para registrar tus ingresos y gastos), estás obligado a generar ciertos informes específicos. Es decir, no solo anotas todo, sino que debes presentar resúmenes o reportes claros de tu actividad económica. La sección 2 detalla qué tipo de informes son esos, como los estados financieros básicos. En pocas palabras, aunque el proceso sea más sencillo, la ley te pide que entregues información ordenada a las autoridades.
- Art. 31El Artículo 31 dice que tienes que entregar informes a la autoridad cuando la ley te lo pida. Es como cuando en la escuela te piden un reporte antes de cierta fecha. Si tienes que hacerlo, debes cumplir en el tiempo y la forma que te indiquen. No hacerlo puede traerte consecuencias legales.
- Art. 32Las empresas deben entregar sus reportes financieros de manera clara y completa, como lo marcan las reglas oficiales. Tienes que presentar la información en los formatos y con los datos que pide la ley, sin inventar ni omitir nada importante. Si no cumples con estas reglas, te pueden sancionar. La idea es que cualquier persona pueda entender cómo está la situación económica de la empresa.
- Art. 33A la hora de que presentes los informes que te pidan, debes hacerlo por escrito, con buena letra o en computadora, sin manchones ni borrones, y en hojas blancas tamaño carta. Tienes que usar tinta negra para que se vea clarito, firmar al final con bolígrafo y poner el número de tu caso o expediente en cada hoja. Si usas hojas recicladas, que estén en buen estado y sin información por detrás.
- Art. 34Este artículo dice que tienes derecho a ser escuchado antes de que te quiten un ingreso o beneficio económico. Es decir, si alguna autoridad quiere reducirte o cancelarte un pago, como una beca o un apoyo, primero debe darte la oportunidad de dar tu versión o pruebas. No pueden decidir a tus espaldas sin avisarte y sin que puedas defenderte. Esto aplica para cualquier situación donde esté en juego tu dinero o ingresos.
- Art. 35Los sujetos obligados, que son las personas o empresas que tienen que cumplir con esta ley, deben conseguir dinero para pagar todo lo que necesitan para hacer su trabajo, como equipo, capacitación y personal. Este dinero puede salir de su propio presupuesto, de apoyos del gobierno o de otra fuente que permita la ley. Lo importante es que tengan los recursos suficientes para cumplir con sus obligaciones sin pretextos.
- Art. 36Este artículo dice que todos los ingresos que tenga una persona o empresa deben anotarse en su contabilidad, que es como un cuaderno donde se llevan las cuentas. Es obligatorio registrar cada peso que entre, sin importar de dónde venga. Así se lleva un control claro de todo el dinero recibido.
- Art. 37El artículo 37 dice que los partidos políticos tienen que reportar a las autoridades todo el dinero en efectivo que reciban de particulares o empresas, y deben explicar de dónde viene cada peso. Esto es para que no haya dinero ilegal o de dudoso origen en las campañas. Si alguien da efectivo, el partido tiene que registrar quién fue, cuánto dio y en qué fecha. Básicamente, busca que todo el financiamiento privado sea transparente y se pueda fiscalizar.
- Art. 38El artículo dice que hay diferentes formas en que las campañas políticas pueden recibir dinero de particulares, como donaciones de personas o empresas. También incluye los préstamos que los candidatos se hacen a ellos mismos o los créditos que piden a un banco. Este dinero se llama "financiamiento privado", que es cuando los recursos no vienen del gobierno. Cada uno de estos tipos tiene reglas distintas para usarse en las elecciones.
- Art. 39Las personas que están afiliadas a este sistema pueden recibir dinero o apoyos económicos para cubrir sus necesidades, según lo que establezcan las reglas del programa. Este financiamiento se da solo si cumples con los requisitos que marca la ley. No es un préstamo, sino un derecho que tienes al estar registrado. El artículo no dice montos ni fechas, solo deja claro que el apoyo debe venir de los recursos autorizados para ese fin.
- Art. 40Las personas simpatizantes de un partido político pueden apoyarlo económicamente, pero solo de manera voluntaria y sin comprometer al partido a pagar algo a cambio. Este dinero se junta con las aportaciones de los militantes o simpatizantes, y debe registrarse claramente quién lo dio. No puede venir de empresas, gobiernos, organizaciones religiosas o partidos extranjeros, porque la ley solo permite dinero transparente y de fuentes permitidas. En pocas palabras, si alguien quiere donar por su propia voluntad, está bien, pero debe hacerse con reglas claras para evitar trampas.
- Art. 41El artículo 41 habla del autofinanciamiento, que es cuando un grupo de personas junta su dinero para comprar algo sin pedir préstamos a bancos. Básicamente, significa que no necesitas créditos externos porque tú y los demás miembros del grupo ponen los recursos. La ley permite que esto se haga siempre que esté organizado correctamente y no se use para engañar a nadie. Así, cada quien aporta y recibe lo que le toca sin problemas.
- Art. 42El artículo 42 dice que los partidos políticos, asociaciones o candidatos deben llevar un registro detallado de todo el dinero que les llegue por autofinanciamiento, o sea, cuando ellos mismos ponen sus propios recursos o ganan dinero a través de eventos como rifas, colectas o ventas. Ese control tiene que ser claro y transparente para que cualquier persona pueda revisarlo si lo pide. Además, deben reportar todo al INE o al organismo electoral de tu estado para que no haya trampas. En pocas palabras, no pueden agarrar lana de sus propias actividades sin rendir cuentas.
- Art. 43Las rifas y sorteos son juegos donde vendes boletos o números, y al azar se elige a un ganador que se lleva el premio. La ley dice que necesitas permiso del gobierno para organizarlos, y debes decir cuánto cuestan los boletos, qué fecha es el sorteo y qué premios das. Si no pides permiso o no cumples con lo que prometiste, te pueden multar o sancionar. El dinero que juntes debe ir al premio o a un fin autorizado, no a tu bolsa. En corto, no puedes rifar nada sin avisar y que te autoricen.
- Art. 44Cuando vendes alguna de tus acciones o partes de una empresa, el dinero que ganas se considera un rendimiento financiero. Eso significa que tienes que pagar impuestos por esa ganancia, igual que si hubieras recibido intereses de un banco. La ley te pide que declares ese ingreso como parte de tus impuestos anuales.
- Art. 45El artículo 45 dice que cuando alguien da dinero como aportación, debe entregar un recibo que cumpla con ciertos requisitos. Ese recibo tiene que incluir datos como el nombre de quien da el dinero, la fecha, el monto exacto y la firma de quien lo recibe. También debe especificar para qué se usa ese dinero, por ejemplo, si es para un gasto específico. Esto es para que quede claro y haya un control de lo que se recibe.
- Art. 46Cuando una persona aporta dinero en efectivo a una sociedad o empresa, se tiene que entregar al momento de firmar el contrato o en la fecha que se haya acordado. El efectivo se cuenta en el momento y de preferencia ante un notario, para que quede constancia de cuánto se dio. Si el pago se hace con cheque, se considera pagado hasta que el banco lo cobre, no cuando lo entregas.
- Art. 47Cuando tú o alguien más aporte dinero en efectivo a una sociedad, esa aportación debe anotarse en un libro o registro especial. El registro tiene que incluir quién aportó, la cantidad exacta y la fecha en que se hizo. Así queda constancia de todo el dinero que entra, como un recibo oficial.
- Art. 48Si vas a hacer una aportación en especie a una sociedad, significa que en lugar de dar dinero, vas a dar un bien, como un terreno, una máquina o un coche. Ese bien debe tener un valor económico y ser útil para la empresa. Además, tienes que describirlo bien y ponerle un precio acordado entre todos los socios.
- Art. 49Si tú o alguien más va a aportar bienes (como un coche, terreno o maquinaria) a una sociedad, y el valor de esos bienes excede las 90 UMA, la ley exige que un experto los avalúe por escrito. Ese avalúo debe estar listo antes de hacer el trámite legal, para que quede claro cuánto valen. Las UMA son unidades que usa el gobierno para actualizar montos; 90 UMA equivalen aproximadamente a 9,000 pesos mexicanos en 2024. Así se evitan problemas sobre el valor real de lo que estás aportando.
- Art. 50Cuando aportes muebles o cosas que se gastan rápido (como papelería o materiales de oficina) a una empresa, su valor de registro será el que tú y los demás socios acuerden de común acuerdo. Si ya no hay un precio de mercado disponible, se usará el valor que diga un perito o experto en el tema. En ambos casos, ese valor será el que aparezca en los papeles oficiales de la empresa.
- Art. 51Cuando alguien te regala un servicio, como que un abogado te lleve un juicio sin cobrarte, la ley dice que sí tienes que pagar impuestos por ese "regalo". El valor que se usa para calcular el impuesto es lo que normalmente cobraría ese profesional por ese servicio en el mercado. O sea, si el arreglo de tu coche costaba 2,000 pesos, aunque no pagues, el SAT lo toma como si hubieras recibido esa cantidad. Así que toca declararlo como ingreso y pagar lo que corresponda.
- Art. 52El artículo 52 dice que cuando le dones un departamento, casa o terreno a la Agrupación, ellos van a calcular su valor según el precio que tenga en el mercado, no el que tú digas. O sea, toman el precio al que se podría vender ese inmueble en ese momento, como si lo cotizaras con un avalúo. Ese valor es el que se usará para cualquier trámite o impuesto que se deba pagar.
- Art. 53Si te prestan algo que se pueda mover, como un coche o una refri, o algo fijo como una casa o un terreno, eso es un comodato. Es un préstamo gratis, sin pagar renta, pero debes devolver lo mismo que te prestaron. La ley dice que tienes que cuidar la cosa prestada y usarla solo para lo que se acordó. Si la pierdes o la dañas, puedes tener que pagar por ella.
- Art. 54Para calcular el valor de un bien que te prestaron en comodato (como un préstamo gratis de un carro o una casa), se toma el precio que tenga en el mercado en el momento en que lo recibes. Si no hay un precio de mercado claro, se usa el valor que le asignes en el contrato o el que acuerden tú y la persona que te lo prestó. Este valor es importante porque sirve de base para pagar impuestos o hacer trámites, como cuando das de alta el bien. En pocas palabras, es el costo que se le pone al bien prestado para temas oficiales.
- Art. 55El artículo 55 dice que cualquier persona que forme parte de un fondo o fideicomiso puede pedir que le expliquen cosas que no entienda claramente. Esto se hace mediante una solicitud formal, donde pides aclaraciones sobre cómo funciona el fondo o cómo se maneja tu dinero. Es como cuando tienes dudas sobre un contrato o un acuerdo y tienes derecho a preguntar hasta que te quede claro. La ley te da esta herramienta para que no te dejen con la incertidumbre.
- Art. 56El artículo 56 dice que para crear un fondo o fideicomiso (que es como un ahorro administrado por un banco para un fin específico) se deben cumplir ciertos requisitos, pero no los detalla aquí. La sección 7, llamada "Ingresos prohibidos", probablemente señala que ese fondo no puede recibir dinero de fuentes no permitidas por la ley, como actividades ilegales. En pocas palabras, si quieres armar un fideicomiso, tienes que asegurarte de que el dinero que le metas sea legal y esté bien justificado, o de lo contrario no te lo van a aceptar.
- Art. 57Ninguna empresa, persona o institución que maneje dinero público puede recibir regalos, donaciones o apoyos económicos de gobiernos extranjeros, partidos políticos o grupos religiosos. Tampoco pueden aceptar recursos de personas que hayan sido sancionadas por violar la ley electoral. Esto aplica para que el dinero de todos los mexicanos se use de forma honesta y sin influencias externas.
- Art. 58El artículo 58 dice que el dinero que el gobierno gasta se llama "egresos". Estos egresos solo se pueden usar para lo que está escrito en el presupuesto aprobado por la ley. O sea, el gobierno no puede gastar en cosas que no estén autorizadas de antemano.
- Art. 59El dinero que se consigue a través de créditos o préstamos solo se puede usar para lo que se acordó desde el principio, como construir escuelas, carreteras o pagar servicios públicos. No está permitido gastarlo en cosas distintas, como fiestas, viajes o sueldos de funcionarios. La idea es que ese financiamiento tenga un propósito claro y beneficie a la comunidad, no a intereses personales.
- Art. 60El artículo 60 dice que cada vez que tú o tu negocio saquen dinero o gasten algo, deben tener un comprobante, como un ticket, factura o recibo. Ese documento debe mostrar a quién le pagaste, por qué concepto y cuánto fue. La idea es que puedas justificar todos tus gastos, ya sea para la empresa o para uso personal, si así lo pide la ley. Guarda esos papeles en orden, porque pueden pedírtelos después.
- Art. 61Si te pagan con un cheque, ese cheque debe llevar tu nombre completo, no solo "al portador". Así te aseguras de que solo tú puedes cobrarlo. En cuanto a los contratos, ambos tienen que ponerse de acuerdo en los términos y firmarlos. Nadie puede obligarte a firmar algo que no aceptaste.
- Art. 62Cuando alguien que está obligado por esta ley haga operaciones que sumen más de 90 veces la UMA (como unos 9,500 pesos), debe firmar un contrato por escrito. Ese contrato tiene que incluir, al menos, el costo, las fechas de pago, qué producto o servicio es, el tiempo que dura, los derechos y obligaciones de cada quien, las multas si alguien incumple y los impuestos. Además, en el contrato se debe incluir una cláusula donde el proveedor acepte que la autoridad electoral (la Dirección Ejecutiva) le pida información para revisar de dónde vino el dinero y cómo se usó. También el proveedor debe guardar por cinco años la factura y una muestra de lo que vendió, por si la autoridad electoral se las pide.
- Art. 63El artículo 63 dice que los ciudadanos que organicen un proceso pueden usar los recursos necesarios, pero esto no es un permiso para gastar sin control. Los proveedores solo deben entregar lo estrictamente requerido, sin excesos. Las compras o servicios deben ser razonables y justificados. En pocas palabras, no se vale pedir más de lo que se necesita o malgastar.
- Art. 64Este artículo dice que las empresas o personas que venden productos o dan servicios tienen una lista de proveedores con quienes trabajan. Esa lista debe estar ordenada por orden alfabético y tener los nombres y datos de contacto de cada uno. También deben incluir qué productos o servicios les compran a cada proveedor.
- Art. 65El artículo 65 habla sobre el "expediente de proveedores", que es básicamente un archivo donde el gobierno guarda los datos de las personas o empresas que le venden cosas o le prestan servicios. En esta sección, específicamente sobre "servicios personales", se refiere a cuando contratan a una persona para que realice un trabajo, como un maestro, un médico o un asesor. El gobierno debe tener un expediente con los datos de esa persona, como sus documentos, su contrato y cuánto le pagan. Esto sirve para que todo esté ordenado y se pueda comprobar que el trabajo se hizo legalmente.
- Art. 66Para comprobar que realmente se prestó un servicio personal (como una consulta o un trabajo), necesitas un recibo o factura con los datos completos de quien lo dio. Además, debe describir el tipo de servicio, la fecha y el lugar donde se realizó. Si el servicio fue por honorarios, también se requiere el comprobante de pago de impuestos correspondiente. Sin estos documentos, Hacienda no lo tomará como válido.
- Art. 67Tienes que cumplir con tus obligaciones de pagar impuestos y de darte de alta en el IMSS si tienes empleados. Si no lo haces, el gobierno te puede multar o impedir que hagas ciertos trámites. Básicamente, es tu responsabilidad estar al corriente con el SAT y con la seguridad social de tus trabajadores. No hacerlo te puede traer problemas legales y económicos.
- Art. 68El artículo 68 habla de que el INE le paga a la ciudadanía que participa como observadora durante las elecciones, como si fuera un trabajo por esos días. El artículo 69 se refiere a cómo se calculan y cuándo se entregan los cheques o depósitos de nómina para esas personas. En pocas palabras, esta parte de la ley establece las reglas para que el INE pague a quienes ayudan a vigilar que las elecciones sean legales y justas. Es como cuando te pagan por un trabajo temporal, pero aquí es para asegurar que todo el proceso electoral sea transparente. No aplica para políticos ni candidatos, solo para los ciudadanos que fungen como observadores.
- Art. 69El artículo 69 sobre pagos de nómina dice que, cuando te paguen tu salario, debe ser mediante un depósito en una cuenta bancaria (de cheques o débito) que tu patrón, llamado aquí "Sujeto Obligado", haya abierto especialmente para ti, el trabajador. Esto significa que no te pueden pagar en efectivo ni con otro método, solo con transferencia a esa cuenta que está a tu nombre. La cuenta es solo para ti, no la pueden usar para nadie más. Es una medida para que quede un registro claro de tu pago y esté protegido bancariamente.
- Art. 70El Artículo 70 habla de que si participas en actividades políticas, como ser candidato o apoyar a un partido, la ley te puede dar algún tipo de reconocimiento por eso, pero no dice exactamente cuál. El Artículo 71 establece los requisitos que deben cumplir las RPAP´S, que son las personas que hacen trabajo político sin cobrar un sueldo fijo, como tener ciertos documentos o registrarse ante las autoridades. En pocas palabras, estos artículos indican que si haces política de manera voluntaria, debes cumplir con algunas reglas para que te tomen en cuenta formalmente.
- Art. 71Para comprobar que un pago o reconocimiento se hizo legalmente, necesitas tener recibos con número de folio (un código único de control) en el formato especial F-9 que marca el reglamento. También debes incluir una copia sencilla de la credencial de elector del beneficiario, por ambos lados. Si quien recibe el pago es menor de edad, tienes que agregar una copia simple de una identificación oficial del niño o niña, que tenga su foto y su domicilio o los datos de la institución que la emitió. Además, debes anexar la identificación de la mamá, el papá o el tutor que autoriza al menor a trabajar o recibir el dinero.
- Art. 72El artículo habla de las **RPAP’S**, que son una especie de pensión o ayuda económica que se da por orden de un juez para cubrir alimentos (comida, vivienda, educación, salud) y gastos de transporte. En el artículo 72 se explica cómo se pide y se emite esa pensión. El artículo 73 dice que un juez o autoridad debe supervisar que se cumpla correctamente. El artículo 74 pone un tope o límite a esa pensión, para que no sea exagerada. En pocas palabras, todo esto regula cuándo, cómo y hasta cuánto se puede dar como apoyo para comer y viajar.
- Art. 73Este artículo dice que las instituciones o dependencias del gobierno deben hacer una lista de todas las personas a las que les dieron premios o reconocimientos por participar en actividades políticas durante el año o el tiempo que se está reportando. La lista debe seguir un orden específico: primero el apellido paterno, luego el materno y después el nombre. Además, deben anotar cuántos reconocimientos recibió cada persona y detallar uno por uno cuáles fueron.
- Art. 74Básicamente, este artículo pone un tope a lo que una agrupación política (como un partido o una asociación) le puede pagar a una sola persona. Si eres una Agrupación, no le puedes dar más de cinco veces la UMA (la Unidad de Medida y Actualización, que es como una referencia para calcular montos) por cada día que trabaje, y el total en un año no puede pasar de quinientas veces la UMA. En cambio, si se trata de una Organización de Ciudadanos o de Observadores, el límite es más bajo: no pueden pagarle a una misma persona más de cien veces la UMA al mes. Esto aplica para cosas como sueldos, honorarios o cualquier gasto por sus servicios.
- Art. 75Cuando pides gastos de comida y transporte en tu declaración de impuestos, la ley te exige que lleves un registro por escrito, como una libreta o un archivo, detallando cada gasto. Ahí debes anotar cuándo, dónde y por qué los hiciste, además de guardar los tickets o facturas. Esto aplica para cualquier tipo de gasto de este tipo que quieras deducir, no importa si eres persona o empresa. La idea es que puedas comprobar fácilmente que esos gastos sí fueron necesarios para tu trabajo o negocio.
- Art. 76El artículo 76 define qué se considera "gastos financieros" para efectos legales. Básicamente, son los costos que pagas por pedir dinero prestado, como intereses, comisiones o gastos bancarios. También incluye los intereses que generan tus deudas o créditos, y cualquier otro cargo relacionado con obtener financiamiento. En pocas palabras, son los gastos que haces por usar dinero que no es tuyo, como cuando sacas un préstamo o usas una tarjeta de crédito. Este concepto aplica a materiales, suministros y servicios generales que necesites para tu negocio o actividad.
- Art. 77El artículo 77 dice que, para cosas como materiales de oficina, papelería o servicios de limpieza que necesita el gobierno, se pueden usar reglas más sencillas para comprarlos. No es necesario hacer un proceso complicado de licitación o concurso, como pasa con obras grandes o compras muy caras. Esto es porque esos materiales o servicios son comunes, baratos o se compran seguido, entonces se pueden adquirir más rápido y sin tanto papeleo. La idea es que el gobierno se abastezca de manera práctica y eficiente para que no falten cosas básicas en su trabajo diario.
- Art. 78El artículo 78 dice que, si tienes un negocio, debes comprobar con facturas todo lo que gastes en materiales, suministros o servicios generales, como luz o papelería. El artículo 79 pide que también lleves un control detallado de lo que gastes en publicidad o propaganda, como anuncios o volantes. En pocas palabras, ambos te obligan a guardar los recibos o facturas de esos gastos para que el SAT pueda revisarlos. Es como llevar la cuenta de tus gastos del negocio con todos los papeles en orden.
- Art. 79La ley dice que los grupos ciudadanos y las organizaciones que quieran ser partido político deben llevar un control muy detallado de todo su gasto en propaganda, como anuncios en periódicos, revistas, internet, redes sociales, espectaculares, y hasta en cines. Aunque no hayan pagado todavía, al entregar sus informes tienen que especificar el número de póliza con el que registraron esa deuda y la orden de servicio del proveedor que muestre el costo. Para cada tipo de propaganda tienen que dar datos específicos: por ejemplo, en periódicos deben decir las fechas de cada anuncio, su tamaño y el precio con IVA. En espectaculares, necesitan indicar la empresa que los hizo, dónde estaban colocados, sus medidas y el costo. En internet y redes sociales, tienen que detallar la empresa contratada, las fechas y las direcciones o perfiles donde se puso la propaganda. Si contratan a una empresa en el extranjero para hacer estos servicios, deben explicar todos los gastos entre el intermediario y el proveedor final. Todo esto es para que quede bien claro en qué se gastó el dinero y no haya trampas.
- Art. 80El artículo 80 dice que cuando recibes dinero o apoyos del gobierno para un proyecto específico, como construir una escuela o plantar árboles, solo puedes gastarlo en eso que acordaste. No vale que uses esos recursos para otra cosa, aunque sea urgente. Si te sobra dinero al final, tampoco puedes cambiarlo de rumbo sin permiso. La regla es clara: el recurso se aplica tal cual se aprobó.
- Art. 81En estos artículos se habla de las reglas para manejar dinero de campañas políticas. Los bancos deben recibir los fondos que los partidos o candidatos usan para sus campañas, y también controlar ciertas operaciones que se consideran de alto riesgo, como cuando alguien deposita grandes cantidades de efectivo. Las llamadas "actividades vulnerables" son movimientos de dinero que pueden usarse para lavar dinero o financiar ilegalmente la política, como compras de vehículos, joyas o bienes raíces con efectivo. El banco tiene la obligación de reportar estas operaciones a las autoridades si superan los montos establecidos por la ley. En pocas palabras, buscan que el dinero de las campañas y las transacciones sospechosas estén vigiladas para evitar fraudes o delitos.
- Art. 82Si una organización recibe donaciones, tiene que avisarle a la SHCP (la Secretaría de Hacienda) si el monto de esas donaciones es igual o mayor a lo que marca el artículo 17 de otra ley. Después de que el Consejo General revise los informes, le dirá a la SHPC cuánto dinero recibió cada organización en total. Esto aplica a bancos e inversiones también.
- Art. 83El banco tiene la obligación de abrirte una cuenta si cumples con los requisitos que te piden, como identificarte y comprobar tu domicilio. No pueden negarte el servicio sin una razón válida. Además, tú puedes decidir cuánto dinero depositar o retirar, siempre y cuando respetes las reglas del contrato que firmaste. En pocas palabras, la ley protege tu derecho a tener una cuenta bancaria sin trabas injustas.
- Art. 84La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (la que vigila bancos y casas de bolsa) te puede pedir documentos o datos sobre tus inversiones, y tienes que dárselos si te los solicita. Para invertir en valores como acciones o bonos, debes cumplir ciertas reglas que la ley exige. Todo esto está relacionado con el dinero que te deben o que esperas cobrar (las cuentas por cobrar). En pocas palabras, si quieres invertir, asegúrate de tener todo en orden con la autoridad.
- Art. 85Cuando hagas inversiones como persona o empresa obligada, solo puedes meter tu dinero en instrumentos financieros (como cetes o bonos) que estén respaldados por el Gobierno Federal de México y que duren menos de un año. Es decir, nada de invertir en cosas de más tiempo ni en opciones de otros países o sin el sello del gobierno. Además, tus cuentas de inversión no pueden ser discrecionales, o sea, no puedes dejar que alguien más decida por su cuenta cómo mover tu dinero. Tienen que estar controladas por **firmas mancomunadas**, que significa que necesitas la autorización expresa de la persona responsable para hacer cualquier movimiento; así, nadie actúa solo.
- Art. 86Para que puedas considerar que te deben dinero (una cuenta por cobrar), necesitas tener documentos que comprueben que entregaste un producto o servicio y que acordaron pagarte después. Si después te pagan esa deuda, se llama "recuperación" y debes registrarlo para que tus cuentas queden claras. En pocas palabras, el artículo te dice que debes tener pruebas de lo que te deben y, cuando te paguen, anotarlo para que no parezca que todavía te lo deben.
- Art. 87El Artículo 87 habla sobre cómo deben cobrar las empresas o instituciones obligadas (como bancos, aseguradoras o ciertas empresas) cuando alguien les paga una deuda que les debe. Esa recuperación del dinero se tiene que hacer por medio de un cheque o una transferencia electrónica que salga de una cuenta bancaria a nombre de la persona que debe. Además, deben guardar una copia del cheque o del comprobante de la transferencia para que se pueda saber de dónde vino el dinero. También dice que pueden aceptar pagos en efectivo, pero solo si se cumplen todas estas condiciones: que el pago no sea mayor a 90 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA, un valor que se usa como referencia en México), que la deuda ya esté registrada en su contabilidad, que se sepa bien quién debe y cuánto, y que ese dinero sea de sobrantes de algún gasto que no se pudo comprobar.
- Art. 88El artículo 88 habla de situaciones especiales cuando alguien te debe dinero. Si la persona que te debe no tiene bienes o no se le encuentra, tú puedes ajustar el dinero que esperabas recibir como una pérdida. También aplica cuando la deuda es muy vieja y ya no se puede cobrar legalmente. En estos casos, puedes reportar esa deuda como imposible de cobrar. Nota: no hay un 'Artículo 88' general en México sobre cuentas por cobrar; si te refieres a una ley específica (como la LISR o CFF), avísame para ajustar la explicación.
- Art. 89Las cuentas por cobrar que tiene la organización por pagos de aportaciones que sus miembros no han cubierto deben registrarse en los libros contables tal como están, sin hacerles cambios ni ajustes especiales. Esto aplica cuando los socios deben dinero por sus cuotas o aportes estatutarios, es decir, los que están obligados a dar según las reglas del grupo. En otras palabras, si un socio no ha pagado lo que le toca, esa deuda se anota como tal en la contabilidad, sin maquillarla ni modificarla.
- Art. 90La empresa tiene que registrar las deudas que ya sabe que existen, como cuando sabes que debes pagar algo aunque todavía no te llegue la factura. Se llama pasivo a todo lo que la empresa debe. El reconocimiento significa que la empresa lo apunta en sus cuentas como una obligación real, no como algo que tal vez suceda después. Básicamente, no puedes esperar a que te cobren para asumir que debes; si ya es seguro, lo anotas desde antes.
- Art. 91Al cerrar el periodo contable, tienes que revisar todos los pasivos (deudas u obligaciones que tu negocio debe pagar) y registrarlos correctamente en tus cuentas. Si alguna deuda o pago no se ha registrado como pasivo, debes hacerlo antes de cerrar el periodo. Esto incluye contabilizar ajustes por gastos que ya sabes que vas a pagar, como impuestos pendientes o sueldos por liquidar.
- Art. 92El artículo 92 dice que si una empresa o persona obtiene un préstamo de un banco, caja de ahorro o cualquier institución financiera que esté vigilada por el gobierno, ese dinero cuenta como un financiamiento válido para los proyectos que tengan. El artículo 93 indica que todos esos préstamos deben anotarse de manera clara en los libros de cuentas de quien los recibe, para que quede registro de cuánto se pidió, a quién y en qué condiciones. Esto evita que se pierda el rastro del dinero o que se escondan deudas. En pocas palabras, ambos artículos aseguran que los préstamos sean legales y estén bien documentados desde el inicio.
- Art. 93Este artículo dice cómo debes registrar en tu contabilidad los préstamos que pides al banco. Primero, tienes que anotar todo el préstamo como una deuda que se paga en menos de un año. Segundo, cada mes debes calcular y apartar en tus gastos los intereses, los intereses por pagos atrasados (si los hay) y los impuestos que se hayan generado hasta el cierre de ese mes. Además, en los documentos de tus finanzas (estados financieros) debes incluir detalles como la fecha del préstamo, cada cuándo pagas, la tasa de interés, el número de pagos, el nombre del banco y si hay un garante (alguien que paga si tú no lo haces). Finalmente, la regla prohíbe que las empresas pidan préstamos en efectivo, cheque o transferencia a personas comunes, solo pueden hacerlo con instituciones financieras.
- Art. 94Cuando compras un activo fijo (como una máquina, un coche o un mueble para tu negocio), no puedes deducir todo su costo de una sola vez en el año que lo adquieres. En lugar de eso, debes repartir ese costo a lo largo de varios años, según su vida útil, mediante un proceso que se llama "depreciación". Esto se hace para reflejar que el activo se va desgastando con el tiempo y el uso. El artículo también establece que ciertos activos pueden tener reglas especiales para calcular cómo se aplica esa deducción. En pocas palabras, es la forma en que el fisco te permite recuperar el gasto de tus inversiones poco a poco.
- Art. 95Los activos fijos son las cosas que compra una empresa para usarlas por mucho tiempo, como muebles, maquinaria o computadoras. Estas no se venden ni se consumen de inmediato, sino que se usan para operar el negocio. La ley dice que debes llevar un control claro de estos bienes, especialmente al calcular impuestos. En pocas palabras, son herramientas que duran años y te ayudan a trabajar.
- Art. 96Cuando un bien que tu empresa usa (como una computadora o un mueble) ya no sirve, se vende o se da de baja, debes reportarlo al SAT. El avalúo es el precio que un perito le pone al bien, y es importante para calcular cuánto se pagó originalmente por él. La baja es el registro oficial que quitas ese bien de tus listas de activos. En la declaración, debes incluir el valor del avalúo y la fecha en que el bien salió de tu empresa.
- Art. 97Tienes que hacer una lista detallada de todas las cosas que son propiedad de la empresa o negocio, como muebles, equipos o herramientas, y actualizarla cada vez que compres o vendas algo. También debes llevar un registro constante para saber exactamente qué tienes, dónde está y en qué condiciones se encuentra. Esto te ayuda a evitar pérdidas, robos o que se te pierdan cosas. Es básicamente llevar la cuenta de tus pertenencias como cuando haces el inventario de tu casa, pero de manera más ordenada y seguida.
- Art. 98El artículo 98 dice que para controlar los bienes de una empresa (como muebles, computadoras o maquinaria) se debe usar un sistema con números de inventario y listas, para registrar cuándo se agregan o quitan esos bienes. También hay que anotar si se transfieren de un lugar a otro, y hacer un conteo físico de esos bienes, comparándolos con lo que dicen los libros de contabilidad. Todo lo que se reporte en el inventario debe coincidir exactamente con los registros contables de la empresa. Además, si un bien vale más de mil UMA (la Unidad de Medida y Actualización, un valor que cambia cada año), se le puede contratar un seguro.
- Art. 99Si vives con tu pareja, se supone que todo lo que compren durante el tiempo que estén juntos es de los dos, a menos que uno demuestre que lo pagó con dinero que ya tenía antes de la relación. Esto aplica para casados o en unión libre. Por ejemplo, si compran un coche mientras viven juntos, se entiende que es de ambos, aunque solo uno lo haya registrado a su nombre. Pero si uno prueba que usó sus ahorros de antes para pagarlo, entonces el coche solo es de esa persona.
- Art. 100El artículo 100 habla de que puedes descontar lo que pierde de valor un bien (depreciación) o un gasto que se reparte en varios años (amortización). El artículo 101 trata de que, cuando vendes algo, debes registrar la ganancia o pérdida en tus impuestos. Todo esto está en el capítulo que junta los gastos que no se cubren de inmediato, sino que se van pagando o descontando poco a poco.
- Art. 101Este artículo dice que cuando una agrupación u organización de ciudadanos venda algo que le pertenece, no lo puede vender por menos de lo que vale en el mercado en ese momento. Para saber ese valor, si es un bien mueble ( como un carro o una computadora), puede pedir dos cotizaciones a diferentes proveedores o contratar a un experto que haga un avalúo. Si es un inmueble (como una casa o un terreno), obligatoriamente necesita un avalúo hecho por un experto. Antes de vender, la agrupación debe informar a la Dirección Ejecutiva el valor que le puso al bien, y esa Dirección debe aprobar la venta; si tiene dudas, puede pedir otro avalúo por su cuenta.
- Art. 102El artículo 102 habla de los "gastos por amortizar", que son pagos que una empresa hace por adelantado, como una renta o una prima de seguro, y que poco a poco se van convirtiendo en gasto real con el tiempo. En el capítulo de patrimonio, esto significa que ese dinero que ya se pagó pero que todavía no se ha "gastado" del todo se cuenta como un activo, no como una pérdida. Es como cuando pagas un año de renta por adelantado: hoy desembolsaste la lana, pero cada mes solo una parte de ese pago se considera gasto. Así, se evita que la empresa parezca más pobre de lo que realmente es en ese momento.
- Art. 103Este artículo dice que los negocios o personas obligadas por la ley deben llevar un registro contable, o sea, un control escrito o digital de todo su dinero y bienes. Ese registro debe reflejar exactamente cuánto vale su patrimonio, que son todas las propiedades, cuentas y deudas que tienen. Básicamente, es llevar la contabilidad al día y de forma clara para que las autoridades puedan revisarlo si es necesario.
- Art. 104En las revisiones a los estados financieros de una empresa, tú puedes pedir que se hagan en tu propio domicilio o en el lugar donde tengas tus documentos contables. El auditor o la autoridad que revisa no puede llevarse tus papeles originales, solo puede pedir copias. La idea es que no te quiten tus documentos importantes mientras se hace la revisión.
- Art. 105La Dirección Ejecutiva (la autoridad encargada) siempre puede pedir a las organizaciones o partidos políticos (Sujetos Obligados) que entreguen los documentos que comprueben que lo que reportaron en sus informes es cierto. Durante la revisión, estas organizaciones deben dejar que la Dirección acceda a todos los documentos originales de sus ingresos, gastos y contabilidad. La revisión se hace en las oficinas de la Dirección, y las agrupaciones, organizaciones de ciudadanos y observadores deben enviarles la documentación. La Dirección les avisará por escrito quiénes serán los auditores y si cambia el equipo de revisión. Al final, se hará un acta de inicio y otra de cierre firmadas por el responsable, los auditores y dos testigos que elija la organización (o, si no los pone, los elegirá la Dirección). La Dirección puede quedarse con documentos originales, pero si la organización los pide, le dará copias certificadas.
- Art. 106Para pedir información pública, solo tienes que hacer una solicitud por escrito, ya sea en papel o por medios electrónicos. No necesitas decir por qué la quieres ni demostrar que te interesa. La solicitud debe tener tus datos, una descripción clara de lo que buscas y, si quieres, cómo prefieres que te entreguen la información. La autoridad está obligada a contestarte sin poner trabas.
- Art. 107El artículo 107 dice que la autoridad fiscal va a seguir ciertas reglas y pasos definidos para hacer auditorías, y también debe basarse en las normas de contabilidad financiera que ya existen. Esto significa que cuando el SAT te audite, tiene que actuar conforme a reglas claras y no al aventón. Por otro lado, el artículo 108 establece que la autoridad tiene que confirmar directamente con terceros (como bancos o clientes) si las operaciones que declaraste en verdad ocurrieron. O sea, pueden llamar o pedir documentos a otras personas o empresas para verificar que no estés inventando ingresos o gastos.
- Art. 108La Dirección Ejecutiva (que es como la autoridad encargada de vigilar) puede pedirte a ti, como persona o empresa, o a los bancos, que le entregues información sobre operaciones que hayas hecho con ciertas entidades obligadas (por ejemplo, casas de cambio o bancos). Esto lo hace para checar que los datos reportados sean correctos y para confirmar los saldos o movimientos. También puede pedirte copias simples de los documentos que necesite para revisar todo. Si encuentra algo mal, te lo dirá en el Dictamen (un documento oficial con sus conclusiones) y podría castigarte en la resolución final.
- Art. 109El artículo 109 habla de los requisitos que deben cumplir las autoridades cuando quieren hacer una visita de verificación, que es cuando van a revisar tu negocio o domicilio para checar que todo esté en orden. Básicamente, necesitan una orden por escrito que explique por qué van a revisarte, qué van a revisar y quiénes son los inspectores. También deben identificarse y mostrarte esa orden antes de empezar. Esto es para que no lleguen sin aviso ni sin razón clara, protegiendo tus derechos.
- Art. 110Las visitas buscan que los niños, niñas y adolescentes puedan mantener el contacto con su familia, amistades u otras personas importantes para ellos, siempre pensando en lo que sea mejor para su bienestar. El objetivo es asegurar que no se rompa el lazo afectivo con sus seres queridos, pero sin ponerse en riesgo su seguridad o salud. También sirven para que los adultos responsables ejerzan sus derechos y cumplan con sus obligaciones, como estar al pendiente de cómo está el menor.
- Art. 111El artículo 111 habla sobre las visitas a los eventos que organiza un grupo de ciudadanos. En la práctica, significa que cualquier persona puede ir a las reuniones o actividades que convoque la organización, pero debe respetar las reglas. La sección 2, que dice "Monitoreo", indica que esas visitas pueden ser observadas o vigiladas para asegurarse de que todo se haga conforme a lo acordado. En pocas palabras, si asistes a estos eventos, alguien puede estar checando que no haya problemas.
- Art. 112Estos artículos hablan de que las autoridades van a estar revisando los anuncios y la propaganda que se publican en periódicos, revistas, internet, redes sociales, espectaculares y en la calle. El objetivo es checar todo ese contenido para calcular cuánto vale o cuánto cuesta. Así, pueden saber el valor real de la publicidad que se está difundiendo por todos esos medios.
- Art. 113La dependencia encargada va a revisar seguido las páginas de internet y redes sociales más usadas en México donde puedan aparecer anuncios de la persona o institución que está obligada por la ley. El monitoreo significa juntar, ordenar, checar y guardar toda la propaganda que se publique en internet o redes sociales que sirva para promover o hacer famoso a ese Sujeto Obligado.
- Art. 114La Dirección Ejecutiva va a revisar y contar los anuncios publicitarios que estén en las calles de la Ciudad de México y que promuevan la imagen de algún funcionario público o institución. Esto incluye espectaculares, carteles, letreros en paradas de camión, puentes, vehículos y cualquier otro tipo de propaganda visible en la vía pública. El objetivo es saber cuántos hay, cómo son y dónde están ubicados. Las revisiones se harán principalmente en las calles y avenidas más importantes, en las zonas que la misma Dirección elija. En pocas palabras, buscan tener un control de toda la publicidad oficial que ves en la ciudad.
- Art. 115Para calcular impuestos, debes ponerle precio a lo que vendes o prestas (Artículo 115). Si ese precio es menor al que normalmente usas en el mercado, el SAT lo considera una "subvaluación" y ajusta el valor para que pagues los impuestos correctos (Artículo 116). En ambos casos, hay plazos fijos para hacer estos cálculos y declararlos.
- Art. 116La Dirección Ejecutiva (que es el área encargada de la revisión) tiene que revisar los gastos que reportes para ver si están mal declarados, sea por abajo de lo que realmente valen (subvaluados) o por arriba (sobrevaluados). Primero, compara tus gastos con los valores que marca el reglamento, y si encuentra diferencias, usa fórmulas matemáticas para calcular cuánto es el faltante o el excedente. Si encuentra una diferencia, te notificará cuánto es y con qué información hizo el cálculo. Tú puedes responder y mostrar documentos que expliquen por qué tu gasto es correcto. Si no entregas esas pruebas, te van a sancionar. Además, si en una revisión de tus informes encuentra que le pagaste de menos o de más a una empresa (persona moral), esa diferencia la considera como dinero de origen prohibido, o sea, ilegal.
- Art. 117El artículo 117 dice que los plazos son los tiempos que la ley o un juez te dan para hacer algo, como presentar un documento o responder a una demanda. Cada día cuenta dentro del plazo, incluyendo fines de semana y días festivos. Tienes que cumplir tu obligación antes de que se acabe ese tiempo, porque si no, podrías perder tu derecho o meterte en problemas.
- Art. 118El artículo 118 dice que, si al revisar tu declaración o solicitud ven que faltan datos o hay errores, te mandan un primer oficio (una carta oficial) para avisarte y pedirte que corrijas. En el artículo 119 se explica que tú debes responder ese oficio por escrito, dando los datos correctos y aclarando todo con pruebas o documentos si los tienes. Si tu respuesta no cumple con lo que piden o no arregla los errores, el artículo 120 indica que pueden mandarte un segundo oficio para que vuelvas a corregir. En pocas palabras, te dan hasta dos oportunidades para arreglar los fallos en tu trámite antes de que tomen otra decisión.
- Art. 119Cuando la Dirección Ejecutiva te pide aclarar errores o dar más información como Sujeto Obligado, puedes responder por escrito explicando lo que creas conveniente y aportando pruebas para respaldar lo que dices. Tu respuesta debe ir firmada por la persona encargada, y además debes incluir una lista detallada de todos los documentos que entregues, usando el formato F-17 del Reglamento, para que sea más fácil cotejarlos. Que la autoridad reciba tus documentos no significa que los dé por buenos; todavía revisarán si realmente resuelven lo que te señalaron.
- Art. 120La Dirección Ejecutiva debe avisarle a tu Agrupación u Organización de Ciudadanos por qué no se arreglaron los errores que ya les habían señalado antes. Te van a dar solo 5 días, sin posibilidad de pedir más tiempo, para que corrijas lo que falte en el informe que presentaste.
- Art. 121Cuando un cliente te pide los documentos originales de su empresa, no puedes quedártelos. El artículo dice que, aunque el cliente no te pague tus honorarios, no tienes derecho a retener los papeles originales (como contratos, facturas o actas) que forman parte del dictamen consolidado. Solo puedes conservar tus propias notas de trabajo, pero los originales son del cliente y debes devolvérselos, sin importar si te debe dinero por tus servicios.
- Art. 122Imagínate que primero se hace un borrador de una decisión importante, juntando todas las ideas. Eso es el "anteproyecto". Después, ese borrador se tiene que revisar y votar entre todos para decidir si se aprueba o no. Si le dan el visto bueno, entonces se convierte en una resolución final que ya es obligatoria. En resumen, primero se arma el documento, luego se discute y se vota para hacerlo oficial.
- Art. 123La Comisión tiene la facultad de cambiar, aceptar o rechazar un proyecto de dictamen que se le presente. Si lo rechaza, debe regresarlo con un acuerdo que fije nuevas fechas para que se revise, discuta y apruebe otra vez. Esto asegura que el proyecto no se quede estancado y tenga una segunda oportunidad. Básicamente, la Comisión decide si el borrador está listo o si necesita más trabajo antes de ser definitivo.
- Art. 124El artículo 124 dice que la autoridad debe preparar un borrador de la decisión final, como si hiciera un primer intento por escrito. Luego, el artículo 125 establece que, al decidir el castigo, se debe tomar en cuenta quién es la persona, qué hizo exactamente y cómo pasaron los hechos. Básicamente, no se puede aplicar la misma sanción a todos sin pensar en el caso de cada quien.
- Art. 125El Consejo General (la autoridad electoral) decide qué castigo aplicar cuando alguien comete una falta. Para fijar la sanción, primero se debe comprobar que la falta ocurrió y quién es el responsable. Luego, la autoridad debe considerar varios aspectos, como qué tan grave fue la falta, si la persona lo hizo a propósito (dolo) o por descuido (culpa), en qué circunstancias pasó, y si el infractor tiene dinero para pagar la multa. También se toma en cuenta si ya había cometido la misma falta antes (reincidencia) y si obtuvo algún beneficio económico por romper la ley.
- Art. 126El artículo 126 habla sobre la reincidencia, que significa cuando una persona vuelve a cometer la misma falta o delito después de ya haber sido sancionada antes. Esto se menciona en el capítulo que trata sobre cómo se presentan los dictámenes (documentos con conclusiones legales) y las resoluciones (decisiones finales) al Consejo General. En pocas palabras, dice que si alguien ya fue castigado por algo y lo vuelve a hacer, eso se toma en cuenta para darle una sanción más fuerte. Todo esto se informa al Consejo General, que es el grupo que toma las decisiones importantes.
- Art. 127Este artículo dice que los legisladores deben entregar por escrito los proyectos de dictamen y resolución. Un dictamen es como un documento donde se analiza una propuesta y se da una opinión oficial. La resolución es la decisión final que se propone sobre ese asunto. Ambos documentos se presentan ante el grupo correspondiente para que los revisen.
- Art. 128El artículo dice que cuando se termina de revisar un caso o asunto, se deben hacer públicas las conclusiones a las que se llegó, es decir, lo que se decidió al final. Esos resultados finales se llaman "puntos resolutivos", que son como las partes importantes de la resolución. Toda esta información se le tiene que dar a la Secretaría Ejecutiva, que es la oficina encargada de llevar el control de estos asuntos. En pocas palabras, la ley obliga a que se informe de manera clara lo que se resolvió y que ese aviso llegue a la autoridad que corresponde.
- Art. 129Cuando una persona o institución recibe algún recurso o dinero público (por ejemplo, del gobierno), tiene la obligación de avisarle a la Secretaría Ejecutiva, que es la encargada de llevar el control. Esto aplica sin importar de qué tipo sea el recurso o la persona que lo recibe. La idea es que todo quede registrado y transparente para que se sepa cómo se usan los fondos. En pocas palabras, si recibes lana del erario, debes reportarlo.
- Art. 130Si no estás de acuerdo con el dictamen de un perito (el experto que da su opinión sobre algo en un juicio), puedes presentar pruebas para contradecirlo. El juez revisará esas pruebas y decidirá si acepta o no el dictamen. Su decisión final sobre este punto debe estar en una resolución escrita. Eso significa que el juez no puede dejarlo sin responder, sino que tiene que explicar por qué lo acepta o lo rechaza.
- Art. 131El artículo 131 dice que debes guardar todos los documentos y datos importantes por el tiempo que la ley señale, como si fueran tus recibos o contratos. El artículo 132 agrega que tienes que cumplir con otras obligaciones que las leyes te pidan, como pagar impuestos o dar avisos. En palabras simples, si tienes un negocio o trabajas con documentos, no los tires y asegúrate de hacer todo lo que las reglas te exigen. Esto aplica tanto para empresas como para personas.
- Art. 132El artículo 132 dice que, aunque el Reglamento (un conjunto de reglas) establezca ciertas cosas, eso no exime a las empresas o personas obligadas, ni a quienes reciben pagos de ellas, de cumplir con otras leyes como las de impuestos o las laborales. En palabras más claras: no porque sigan el Reglamento, ya se pueden saltar las reglas fiscales o del trabajo. Siguen teniendo que cumplir con todo lo que digan esas otras leyes. Es como si tuvieras que seguir varias instrucciones a la vez, no nada más una.
- Art. 133El artículo dice que, cuando un partido político está en proceso de liquidación (es decir, cuando va a desaparecer y ya no va a funcionar), todos los informes sobre cómo se están manejando sus bienes y deudas deben ser públicos. Esto significa que cualquier persona puede consultar la información de cómo se está repartiendo o usando el dinero y las propiedades del partido. La idea es que todo sea transparente y que nadie pueda hacer trampa o esconder cosas durante ese proceso final. En pocas palabras, no hay secretos: los ciudadanos tienen derecho a saber qué pasa con los recursos del partido mientras lo liquidan.
- Art. 134El proceso de liquidación es cuando se cierra formalmente una empresa o negocio. Se divide en tres etapas claras: primero se nombra a un interventor, que es la persona encargada de supervisar que todo se haga correctamente. Después viene el inventario, donde se listan todos los bienes y deudas de la empresa. Por último, se pagan las deudas y se reparte lo que quede entre los dueños o socios, según lo que diga la ley. El interventor es como un vigilante que se asegura de que nadie haga trampa en este proceso.
- Art. 135Cuando haya problemas en una empresa o negocio, se nombra a un Interventor para que ayude a resolverlos. El Interventor tiene la facultad de revisar documentos, pedir información y tomar decisiones para ordenar la situación. Las empresas o personas involucradas deben entregarle lo que pida sin excusas, como estados financieros o contratos. Si no cooperan, el Interventor puede pedir ayuda a un juez para obligarlos. Todo esto es con el fin de proteger el dinero o los bienes de quienes están en el conflicto.
- Art. 136Cuando nombran a la persona que se encargará de liquidar un partido político local, esta persona tiene poder total para administrar y disponer de todos los bienes, deudas, recursos y lo que quede del partido. Esto significa que ningún gasto se puede hacer sin que ella lo autorice por escrito. Su trabajo es llevar el proceso de liquidación de manera ordenada y eficiente, vigilando cada paso y cada actividad. Además, si descubre alguna irregularidad que haya afectado el dinero o los bienes del partido —sin importar si fue culpa de los dirigentes, candidatos, deudores o cualquier otra persona o empresa— debe tomar acciones legales con ayuda de la Dirección Ejecutiva. También tiene que reportar cualquier situación rara que pueda poner en riesgo la liquidación, y no puede vender, hipotecar o regalar los bienes del partido hasta que la pérdida del registro sea definitiva.
- Art. 137El Interventor o Interventora (la persona encargada de supervisar) puede pedir en cualquier momento al partido político, a sus responsables, representantes, empleados o cualquier otra persona, que le den datos, información o documentos que necesite para hacer su trabajo. Todos ellos tienen la obligación de cooperar con él o ella y con su equipo. Si alguien se niega o pone obstáculos, el Interventor puede pedir que se apliquen sanciones, como multas o medidas para obligar a cumplir. Además, si la negativa continúa, el Interventor le avisará a su jefe directo para que la Comisión correspondiente decida qué hacer.
- Art. 138La empresa tiene que dejarte ver todos sus libros y registros financieros cuando tú, como interventor, los necesites. Esto significa que no te pueden negar la entrada a archivos, cuentas o documentos que tengan información sobre el dinero de la empresa. La ley te da el derecho de revisar todo lo que esté relacionado con las finanzas del negocio.
- Art. 139El equipo que la Dirección nombró y la persona encargada de supervisar pueden ver todos los libros de cuentas, registros y estados financieros de la empresa. También tienen derecho a revisar cualquier documento, información digital o archivo electrónico que les sirva para hacer su trabajo. Además, cuando llegue el momento de cerrar la empresa, pueden ir a checar directamente los bienes y las operaciones.
- Art. 140La cuenta bancaria concentradora es una cuenta especial donde un negocio o persona guarda el dinero de varias operaciones para luego repartirlo. Sirve para que un solo banco controle todo el dinero que se junta, por ejemplo, de ventas o pagos de clientes. Así, es más fácil llevar la cuenta de cuánto entra y sale, sin mezclar los fondos de cada quien. Esta cuenta ayuda a que las transacciones sean más ordenadas y transparentes.
- Art. 141Si la persona que está a cargo de un proceso (interventora) no hace bien su trabajo, cualquier persona involucrada puede pedir que la quiten y nombrar a otra. El juez decide si la cambia o no, según lo que diga la ley. También puede nombrar a un nuevo encargado si el anterior ya no puede seguir. Esto aplica para que el proceso siga su curso sin problemas.
- Art. 142El artículo 142 dice que la persona responsable (quien cuida o tiene a su cargo a alguien) no pierde su calidad aunque pase el tiempo o cambien las circunstancias, a menos que la ley diga otra cosa. El artículo 143 le prohíbe a esa persona descuidar o maltratar a quien tiene bajo su cuidado, y le exige cumplir con sus obligaciones como darle lo necesario para vivir, protegerlo y respetar sus derechos. También no puede ponerse en situaciones donde no pueda cumplir con su deber, como andar borracho o drogado mientras lo cuida. En pocas palabras, si eres responsable de alguien, no puedes abandonarlo, lastimarlo o dejar de darle lo que necesita.
- Art. 143Cuando alguien se encarga de un partido político que está en liquidación (como un responsable), tiene prohibido vender, regalar o cancelar cualquier bien del partido, aunque el Interventor (la persona que supervisa) todavía no haya dado órdenes similares. Tampoco puede hacer transferencias de dinero o cosas de valor a líderes, miembros o simpatizantes del partido, ni mover fondos o hacer cambios en cuentas sin el permiso por escrito del Interventor. Además, no debe estorbar el trabajo del Interventor ni del equipo de revisión. Sus obligaciones son: en los primeros 20 días desde que le avisen que empieza la etapa de reserva, debe entregar toda la información financiera y documentos del partido, con un inventario de bienes y un reporte de ingresos y gastos en formatos especiales. También tiene que recuperar los préstamos o anticipos que haya dado el partido, y solo puede hacer pagos básicos para mantener el partido funcionando, como renta, luz, agua o sueldos, pero no pagar deudas viejas (excepto las de impuestos o sueldos) hasta que el Interventor tome el control.
- Art. 144El artículo 144 dice que cuando una persona o empresa pierde su registro ante la autoridad, el notario solo podrá darle al Interventor (la persona encargada de supervisar) los poderes para actuar en nombre de quien perdió el registro. En México, "poder notarial" es un documento que autoriza a alguien a hacer trámites por ti. El Interventor es como un supervisor temporal que se encarga de administrar o cerrar negocios cuando hay problemas. Esto evita que el dueño original haga movimientos sin control mientras dura el proceso.
- Art. 145Cuando un partido político local pierde su registro, automáticamente deja de existir legalmente y ya no puede participar en elecciones ni recibir dinero público. Sus bienes y recursos pasan a manos del gobierno, que decide cómo usarlos, siguiendo las reglas. Los diputados o regidores que llegaron al puesto por ese partido pueden quedarse en su cargo, pero ya no representan al partido, sino que actúan de manera independiente. Si el partido tenía deudas, se pagan con lo que le corresponde, y si sobra algo, se destina a causas sociales o educativas. Todo esto aplica también si el registro se cancela por no cumplir con la ley.
- Art. 146Cuando a un partido local le cancelan o pierde el registro, la Dirección Ejecutiva le avisa a la persona que preside el Consejo General. Entonces, esa Presidenta o Presidente debe juntar una reunión especial del Consejo lo más pronto posible. En esa reunión, se aprueban tres cosas: darle a una persona Interventora los pagos mensuales que le quedan del dinero público; pedirle al Representante del partido que entregue las oficinas, muebles y cosas que le prestaron; y decir oficialmente que ese partido ya no es parte del Consejo General.
- Art. 147El aviso de disolución de un partido político local debe presentarse por escrito. En el documento, se tiene que explicar claramente la fecha en que el partido dejó de existir. También hay que detallar cómo se va a liquidar todo su dinero y propiedades. Esto es necesario para que las autoridades sepan qué pasará con los recursos del partido.
- Art. 148El período de prevención sirve para que, antes de que un juez deca‑re si alguien cometió un delito, se investigue si realmente hay pruebas suficientes para acusarlo. Durante ese tiempo, las autoridades revisan los datos y deciden si el caso debe ir a juicio o si se cierra. Es como un filtro para evitar acusaciones sin fundamento. En pocas palabras, busca que no se castigue a nadie sin antes tener evidencia clara.
- Art. 149El artículo 149 dice que si se revoca (se echa para atrás) una decisión que canceló o perdió el registro de un partido político, ese partido recupera sus derechos como si nunca los hubiera perdido. El artículo 150 explica que todas las prerrogativas (dinero o apoyos que la ley les da a los partidos) se depositan en una sola cuenta bancaria concentradora, como una cuenta única donde se junta todo. Esto aplica en la etapa de reserva, que es un período donde los partidos guardan recursos para después usarlos en campañas electorales. En pocas palabras, si un partido recupera su registro, también recupera el acceso a esos recursos ya guardados.
- Art. 150Cuando el Interventor (la persona encargada de supervisar) lo pida por escrito, se van a retener o guardar todas las prestaciones o apoyos económicos que aún no se hayan pagado de ese año. Es decir, la Secretaría Administrativa va a apartar todo ese dinero que está pendiente de entregarse. Ese dinero se va a depositar en una cuenta de banco especial que se llama "cuenta concentradora". Esa cuenta la abre el Interventor y él mismo da a conocer sus datos para que ahí se guarde el dinero.
- Art. 151La etapa de reserva de la liquidación es como un periodo de espera después de que una persona muere, antes de repartir sus bienes. Durante este tiempo, se guarda el dinero necesario para pagar sus deudas y gastos del funeral. También se reserva lo que se necesita para cubrir cualquier impuesto o costo legal. Así, cuando se repartan las cosas, primero se aseguran de que no queden cuentas pendientes.
- Art. 152El artículo 152 dice que cuando un partido local pierde su registro, se debe avisar oficialmente a todos los involucrados que se inicia la etapa de "reserva", que es como un periodo donde se guardan o protegen sus bienes y documentos mientras se resuelve su situación. Este aviso se hace a través de una notificación, que es un documento formal que se entrega para que nadie alegue que no sabía. La intención es que todas las personas o instituciones relacionadas estén enteradas y sepan que el partido ya no puede operar como antes.
- Art. 153El artículo 153 dice que, mientras dure la etapa de reserva de la sucesión, no tienes que entregar documentos a nadie. El artículo 154 aclara que, cuando el juez revise los papeles, solo puede pedir más información o documentos si son necesarios para resolver. En la Sección 2 se habla del inventario físico de los bienes, que es simplemente hacer una lista detallada de todo lo que dejó la persona fallecida. Esto sirve para saber con certeza qué hay y su valor, sin complicaciones.
- Art. 154Cuando un partido político entrega sus documentos de dinero y gastos, la Dirección Ejecutiva tiene 60 días para revisar que todo sea verdad. Puede pedir más papeles si hace falta, y debe avisar por escrito quiénes serán los auditores que van a checar la información. Si encuentran errores, le notifican al partido para que los corrija en un plazo de 10 días. En la revisión se tiene que verificar varias cosas, como que el dinero en efectivo y las inversiones existan y estén disponibles, que las cuentas por cobrar sean reales, que los bienes del partido estén registrados y sean de su propiedad, y que los impuestos y deudas sean correctos. También checan que los gastos de campaña estén pagados o que se usen los recursos sobrantes para cubrirlos. Además, toda la documentación debe estar bien organizada: con un índice por temas, que los papeles entregados coincidan con ese índice y que los originales estén en los expedientes.
- Art. 155Al terminar el matrimonio, se debe hacer una lista bien detallada de todo lo que cada quien tiene, como casas, coches o muebles. En esa lista también se anota cuánto vale cada cosa y quién la compró. Esto sirve para saber qué le toca a cada persona al dividir los bienes. El inventario lo pueden hacer ustedes de común acuerdo o, si no se ponen de acuerdo, un juez lo ordena.
- Art. 156Si una persona es dueña de una casa o terreno, se presume que también es dueña de todo lo que esté dentro, salvo que se demuestre lo contrario. Esto quiere decir que, legalmente, se asume que los muebles, objetos o pertenencias que están en ese lugar le pertenecen al propietario. Pero si alguien más reclama que algo es suyo, debe probarlo. No aplica si el dueño ya reportó a la autoridad que los bienes no son suyos.
- Art. 157Artículo 157: Cuando un negocio o persona debe liquidar sus deudas porque ya no puede pagarlas, debe entregar un informe a la Comisión que supervisa el proceso. Ese reporte debe incluir todos sus bienes, lo que debe, los contratos que tiene firmados, y cualquier detalle importante sobre su situación económica. También debe decir si tiene pleitos legales en curso o si vendió o escondió cosas antes de declararse en quiebra. Todo esto es para que se tenga la foto completa de sus finanzas y se pueda repartir lo que queda entre sus acreedores.
- Art. 158El artículo 158 habla del momento en que una empresa o negocio que está en quiebra empieza a contar sus bienes y deudas. En esta etapa, llamada de liquidación, se ponen a cobrar lo que les deben sus clientes o deudores, y también se reconoce oficialmente a las personas o empresas a las que se les debe dinero (los acreedores). Es como cuando alguien cierra su negocio y tiene que hacer cuentas: ver quién le paga y a quién le debe pagar.
- Art. 159El artículo 159 dice que al repartir los bienes de una persona que murió sin dejar deudas suficientes, todos los herederos deben ser tratados igual y sin preferencias. El artículo 160 establece que si alguien le debe dinero al difunto, los herederos pueden cobrarle esa deuda. En ambos casos, las reglas aplican parejo para todos los involucrados, sin importar quién sea cada quién.
- Art. 160La Comisión le va a pedir a la persona que está a cargo de la intervención (el Interventor) que inicie los trámites legales necesarios para cobrarles a quienes deben dinero. Esto lo hará basándose en un reporte que el mismo Interventor entregue. Además, el Interventor tiene la obligación de estar al pendiente de cómo avanzan esos trámites contra los deudores hasta que se resuelvan.
- Art. 161El artículo 161 dice que si debes dinero o te piden una garantía (como dejar algo en prenda para asegurar un pago), tienes derecho a que te lo pidan por escrito y de manera clara. Es decir, no pueden cobrarte a lo loco sin explicarte cuánto, por qué y en qué fecha. Si no te dan ese documento, no estás obligado a pagar o a dar la garantía en ese momento. También aplica para cuando ya firmaste un contrato y quieren que pagues antes de lo acordado.
- Art. 162El artículo 162 dice que los créditos, deudas y sanciones tienen un orden de prioridad para pagarse. Esto significa que, cuando alguien debe dinero, hay una lista que decide a quién se le paga primero. El artículo 163 establece cómo se clasifican los acreedores, es decir, las personas o empresas a las que se les debe. Algunos acreedores tienen más derecho a cobrar antes que otros, según la ley. En pocas palabras, no todos los que te deben pagan al mismo tiempo; hay un orden que debes seguir. Los más importantes o prioritarios cobran primero, y luego los demás.
- Art. 163Este artículo explica cómo se ordena el pago a las personas a las que les debes dinero (acreedores) cuando alguien tiene varias deudas. Hay tres grupos: primero, los que tienen una garantía real (por ejemplo, una casa o un coche asegurado por el banco) y pusieron el trámite en regla. Segundo, los que tienen un privilegio especial, como los que la ley (Código de Comercio o Civil) considera más importantes que otros, como empleados que les deben su sueldo. Tercero, los acreedores comunes, que son todos los demás y cobran en partes iguales lo que quede, sin importar cuándo ni por qué se generó la deuda. El orden y la forma de pagarles siguen las reglas de la Ley de Concursos Mercantiles, que es la que maneja cuando una empresa o persona ya no puede pagar todo lo que debe.
- Art. 164El Artículo 164 habla sobre cómo se identifican legalmente a las personas a las que alguien les debe dinero, llamadas "acreedoras". Esto aplica cuando se revisa qué bienes tiene una persona para pagar sus deudas. Básicamente, dice que hay que hacer un listado oficial de quiénes son los que esperan que les paguen. Sirve para saber a quién y cuánto se le debe antes de repartir lo que haya disponible.
- Art. 165El valor de los bienes se calcula con base en el precio que tienen en el mercado al momento del juicio, no cuando los compraste. Si no se puede saber ese precio, se usa el valor que les puso un experto o el que aparece en el avalúo oficial. Esto sirve para que todas las partes estén en el mismo acuerdo sobre cuánto valen las cosas. En pocas palabras, se toma el valor actual, no el del recibo de compra.
- Art. 166El artículo 166 habla de las reglas para vender, regalar o deshacerse de bienes del gobierno. El artículo 167 dice que la Dirección Ejecutiva es la encargada de llevar a cabo esos trámites. Básicamente, cuando el gobierno quiere deshacerse de algo, tiene que seguir ciertos pasos y la Dirección Ejecutiva es la que se encarga de hacerlo.
- Art. 167El artículo explica qué tiene que hacer la persona encargada de intervenir (como un supervisor) cuando se venden o liquidan bienes. Ella, apoyada por la Dirección Ejecutiva, debe seguir las reglas que apruebe la Comisión para vender esos bienes y convertirlos en efectivo. Por ejemplo, tiene que anotar todo sobre los bienes (como su estado, precio mínimo y requisitos para comprarlos), y los pagos deben hacerse por transferencia o depósito bancario, nunca en efectivo si son cantidades grandes. Si alguien paga más de cierto tope (90 UMAS), tiene que usar cheque o transferencia desde su cuenta personal y dejar comprobante con su nombre y firma. Además, cualquier acto que no siga estas reglas no vale legalmente, es decir, es nulo.
- Art. 168Si eres un juez o servidor público, no puedes participar en la venta, donación o desecho de bienes si tú, tu pareja, tus familiares hasta el cuarto grado o algún socio tuyo están interesados en comprar o recibir esos bienes. La ley te prohíbe meterte en esos procesos para evitar que saques provecho personal o beneficies a tus cercanos. En pocas palabras, si hay un conflicto de intereses, debes apartarte y no intervenir.
- Art. 169En este artículo se habla de cómo se les paga a las personas que te prestaron dinero o a las que les debes (las "acreedoras"). Cuando una empresa o persona está cerrando sus cuentas por completo (liquidación), debe asegurarse de pagarles a todos los que tienen derecho a recibir dinero. El pago se hace siguiendo un orden especial que ya está establecido en la ley, para que nadie se quede sin su parte si hay fondos suficientes. Básicamente, es la regla que dice cómo y a quién se le entrega lo que se debe cuando se termina de liquidar todo.
- Art. 170El artículo 170 dice que, cuando termina el proceso de liquidar (cerrar cuentas) un fideicomiso o una empresa, se debe hacer un documento llamado "Dictamen", que explica cómo se manejó todo el dinero y los bienes. Luego, el artículo 171 indica que ese documento se debe entregar a la Comisión (que es el grupo de personas que supervisa el proceso) para que lo revisen. En resumen, primero se escribe un reporte final de cuentas y después se lo pasan a los encargados de checar que todo esté en orden. Es como cuando terminas un proyecto y le entregas un resumen a tu jefe para que lo apruebe.
- Art. 171La Dirección Ejecutiva (un área administrativa) le entrega a la Comisión (un grupo que supervisa) el documento con el cierre de cuentas del partido político local. Esto pasa cuando el partido ya terminó de pagar sus deudas y repartir sus bienes. La Comisión recibe este dictamen para que lo revise y decida si todo está en orden. Es como cuando terminas de liquidar una cooperativa y le presentas el informe final a los encargados. Así se aseguran de que no queden pendientes.
- Art. 172El artículo 172 dice que cuando se termine el dictamen, ese documento se debe entregar al Consejo General para que lo revise y decida. El artículo 173 habla de los remanentes, que es el dinero que sobra después de pagar todos los gastos. Ese dinero extra no se puede usar para cualquier cosa, sino que debe destinarse a lo que la ley indique, como ahorrarlo o usarlo en proyectos específicos. En pocas palabras, si sobra lana, no te la puedes quedar ni gastarla a tu gusto.
- Art. 173Cuando un partido político local termina y ya pagó todas sus deudas, si todavía le quedan cosas de valor como dinero, muebles o propiedades, el Consejo General le va a ordenar a la persona encargada de la liquidación que entregue todo eso, junto con un informe final, a la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México para que ellos decidan qué hacer con eso. Después de entregarlo, esa persona encargada debe cerrar la cuenta bancaria del partido y pedir por escrito que se den de baja el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y, si aplica, el registro patronal ante el IMSS del partido que ya se liquidó.
- Art. 174Básicamente, este artículo dice que cuando una asociación civil (como un club o una organización sin fines de lucro) se va a disolver, deben guardar todos los papeles importantes de todo el proceso de liquidación. Es decir, desde que deciden cerrar hasta que terminan de pagar todo lo que deben y reparten lo que quede. Estos documentos deben archivarse para que cualquiera pueda consultarlos después, si hace falta. Es como la "caja de archivo" de la liquidación, que debe estar bien ordenada y completa.
- Art. 175El artículo 175 habla sobre las etapas que sigue una asociación civil cuando se va a disolver o cerrar. Una vez que la asociación decide terminar sus actividades, entra en un proceso de "liquidación", que es como hacer cuentas y repartir lo que le queda. Este proceso lo lleva una "persona liquidadora", que es alguien encargado de cobrar deudas, pagar lo que se debe y repartir los bienes restantes. Las etapas son los pasos que esta persona debe seguir para cerrar la asociación de manera legal y ordenada. En otras palabras, es como cuando cierras un negocio y tienes que arreglar todo antes de desaparecer.
- Art. 176Cuando una empresa o sociedad se va a disolver, se tiene que elegir a una persona encargada de liquidar todo, es decir, de vender lo que tenga, pagar deudas y repartir lo que sobre. El artículo 176 explica cómo se nombra a esa persona llamada "liquidadora". El artículo 177 dice que ella tiene poder para hacer todo lo necesario para terminar los asuntos pendientes de la empresa, como cobrar, pagar y firmar documentos. En pocas palabras, es quien se encarga de cerrar el negocio formalmente.
- Art. 177Una vez que alguien es nombrado Liquidador (la persona encargada de cerrar la asociación), tiene todo el poder para administrar y disponer de los bienes, deudas, dinero y lo que quede de la Asociación Civil. Esto significa que puede vender propiedades, pagar deudas o tomar decisiones importantes sobre los recursos de la asociación. Cualquier gasto que se haga durante este proceso necesita su autorización por escrito. Además, todos los gastos que el Liquidador haga para hacer su trabajo los paga la propia asociación.
- Art. 178La persona encargada de liquidar una empresa o negocio (el liquidador) puede pedir ayuda a las autoridades o a otros expertos para hacer bien su trabajo. Tiene que cumplir con obligaciones como pagar deudas, cobrar lo que le deben a la empresa y repartir lo que sobre entre los dueños o accionistas. También debe actuar con honestidad y cuidar los intereses de todos los involucrados.
- Art. 179Cuando una asociación civil va a cerrar, la persona encargada de liquidarla (el liquidador) tiene muchas responsabilidades. Primero, debe hacer un inventario de todos los bienes muebles, como muebles o equipos, siguiendo las reglas establecidas. También debe tomar el control de las cuentas bancarias, inversiones y todos los derechos de la asociación. Durante todo el proceso, tiene que administrar el dinero y los bienes de manera eficiente para que no pierdan valor. Además, antes de pagar deudas, debe calcular cuánto dinero se necesita para cubrir obligaciones como sueldos, impuestos y pagos a proveedores. Por último, tiene que presentar reportes a la Dirección Ejecutiva y no puede usar la información de la asociación para beneficio propio.
- Art. 180El negocio donde compras o contratas un servicio debe darte acceso a sus cuentas y papeles si lo pides, para que puedas revisarlos. También tienen que informarte el número de su cuenta bancaria donde depositaste tu dinero. Esto es para que puedas verificar que todo esté en orden y no te hagan trampa.
- Art. 181La cuenta bancaria que se usa durante el proceso de liquidación la maneja la Persona Liquidadora o la persona Responsable (quienes están a cargo de cerrar la empresa o proyecto). Sirve únicamente para controlar el dinero que se necesita para pagar deudas o gastos relacionados con prevenir problemas y con la liquidación misma. No se puede usar para otros fines, solo para lo que ya estaba planeado en esos pasos.
- Art. 182El artículo 182 dice que si la persona encargada de liquidar una empresa o sociedad (llamada "liquidador") está haciendo mal su trabajo, se le puede quitar el puesto. Cuando esto pase, se debe nombrar a otra persona para que termine el proceso de liquidación. Es como cuando en un equipo cambian al capitán porque no está cumpliendo, y ponen a alguien más en su lugar.
- Art. 183Si fuiste declarado como persona Responsable por la reparación de un daño ambiental, sigues siendo responsable aunque después vendas el predio o se lo traspases a alguien más. Es decir, no te libras de esa obligación solo porque cambie el dueño del terreno. La ley te considera responsable desde el momento en que ocurrió el daño, sin importar quién tenga la propiedad después.
- Art. 184La persona que maneja tus datos personales tiene que cumplir con varias reglas. Debe informarte claramente para qué usa tu información y solo puede usarla para lo que te dijo. También tiene que cuidar tus datos para que no se pierdan, roben o maltraten. Si ya no necesita tus datos, debe borrarlos de forma segura. Además, tiene que ponerte a disposición el Aviso de Privacidad para que sepas tus derechos.
- Art. 185El artículo 185 dice que, para prevenir problemas, se le puede dar un poder notarial a la persona encargada de liquidar un asunto (como una empresa o herencia). El poder notarial es un documento hecho ante un notario que permite a esa persona actuar en tu nombre. Esto se hace durante la etapa de prevención, que es cuando aún se busca evitar que alguien salga perdiendo o que surjan conflictos legales. En pocas palabras, es una forma de autorizar formalmente a alguien para que maneje tus asuntos antes de que todo se complique.
- Art. 186El artículo 186 dice que cuando un partido político recibe dinero del gobierno para sus campañas, ese dinero se mete en una cuenta bancaria especial. El artículo 187 explica que hay un tiempo de "prevención", que es como un periodo para estar alerta y revisar que todo se use bien. Ese tiempo sirve para que las autoridades verifiquen que el dinero se maneje de forma legal y sin trampas. En pocas palabras, es un control para evitar que se use dinero ilegal o mal gastado.
- Art. 187El periodo de prevención solo sirve para que la Comisión tome medidas preventivas y proteja lo que queda de los bienes y recursos de una Asociación Civil que está en liquidación (es decir, que ya está cerrando y pagando deudas). También busca cuidar los intereses públicos y los derechos de otras personas que puedan verse afectadas. Básicamente, es un tiempo para asegurarse de que nada se pierda o se malbarate antes de terminar el proceso.
- Art. 188El artículo 188 habla de cuándo empieza el periodo de prevención, que es el tiempo que tienes para arreglar un problema antes de que te apliquen una sanción. Ese periodo comienza justo en el momento en que la autoridad te entrega (notifica) oficialmente que algo anda mal. No importa si estás de acuerdo o no: desde que recibes ese aviso, el reloj empieza a correr.
- Art. 189El artículo 189 dice que las empresas deben mostrar su información financiera siguiendo ciertas reglas, como cuándo y cómo presentar sus números de ingresos y gastos. El artículo 190 establece que cuando alguien revisa esos datos, debe checar que todo esté completo y cumpliendo con lo que marca la Ley. En pocas palabras, son instrucciones para que la información económica sea clara y no dé lugar a dudas.
- Art. 190La Dirección Ejecutiva tiene hasta 15 días para revisar la información financiera que le entreguen y verificar que los datos sean ciertos. Si encuentra errores o faltantes, se lo notificará a la asociación civil para que en un plazo máximo de 5 días aclare o corrija lo que haga falta. Si la asociación no entrega a tiempo su reporte de ingresos y gastos o no responde a los requerimientos, eso quedará asentado en el informe final y ya no se le notificarán los errores. Después de estos plazos, la Dirección Ejecutiva tendrá 10 días para hacer un informe con los resultados de la revisión. Si todo está en orden y no hay deudas ni dinero por cobrar, se pedirá que se publique el aviso de liquidación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
- Art. 191El artículo 191 habla sobre el inventario físico de los bienes. Esto significa que debes hacer una lista detallada y revisar físicamente todas las cosas que le pertenecen a una persona o empresa, como muebles, equipos o vehículos. La idea es verificar que lo que está anotado en los papeles realmente exista y esté en buen estado. Este inventario te sirve para tener un control claro de lo que tienes.
- Art. 192Al terminar el año o cuando se acabe el negocio, tienes que hacer un inventario físico, o sea, contar y apuntar todo lo que tienes (mercancía, muebles, herramientas, etcétera). Ese listado debe decir cuánto vale cada cosa, para que sepas exactamente qué tienes y a qué precio. Esto sirve para saber tus ganancias o pérdidas y para que nadie se lleve nada sin que te des cuenta. Es básicamente un "pásele a lo barrido" de todo lo que posees.
- Art. 193Cuando alguien debe dinero y se abre un concurso mercantil (es decir, un proceso legal por deudas), se asume que los bienes que tiene esa persona son de su propiedad, a menos que se demuestre lo contrario. Esto significa que, si no hay pruebas de que algo le pertenece a otro, todo lo que posea se considera suyo para poder pagar sus deudas. Además, quien esté a cargo del proceso debe presentar un informe detallado a la Comisión encargada, explicando quiénes deben dinero y quiénes tienen derecho a cobrar. En ese informe se deben listar claramente los nombres de los deudores y acreedores, junto con los montos que se adeudan. Así se evitan confusiones y se asegura que todos sepan quién tiene que pagar y quién puede recibir su dinero.
- Art. 194Cuando una asociación civil tiene que cerrar, la persona encargada de liquidarla (el liquidador o liquidadora) tiene 10 días para entregar un informe final a la Comisión. Ese informe debe incluir, por ejemplo, todas las operaciones que hizo la asociación desde que empezó el periodo de prevención, un inventario de sus bienes (como muebles e inmuebles), las cuentas por cobrar y por pagar, y los estados financieros detallados. También debe poner cálculos de lo que se debe a los trabajadores por finiquito o indemnización, y hacer previsiones para proteger los derechos laborales, fiscales y con proveedores. Si alguien no entrega la información que le pide la Dirección Ejecutiva, esa dirección puede buscarla por su cuenta con otras autoridades, pero eso no quita la responsabilidad legal a quien no cumplió.
- Art. 195El artículo dice que si le debes dinero a alguien, esa persona no puede cobrarte de manera abusiva. Esto significa que no te puede presionar con amenazas, humillarte ni hacerte pasar vergüenza en público para que pagues. Tampoco puede cobrarte intereses exagerados o escondidos que no hayas aceptado desde el principio. En corto, tienen derecho a cobrarte, pero siempre con respeto y sin pasarse de listos.
- Art. 196El Artículo 196 dice que, al momento de liquidar (es decir, repartir lo que queda cuando una empresa o persona tiene deudas y no puede pagar), el dinero se debe repartir de forma pareja y sin favoritismos entre todos los que tienen derecho a recibir algo. Eso significa que nadie puede saltarse la fila y que todos los que deben cobrar deben ser tratados igual, sin importar si son grandes empresas o personas comunes. El Artículo 197 establece un orden obligatorio para pagar las deudas: primero se pagan los gastos del proceso (como lo que cobran los abogados o el juzgado), luego los salarios y prestaciones de los trabajadores, después al fisco (como el SAT) y al final a otros acreedores como proveedores o bancos. Las multas (como las del SAT o infracciones) se pagan hasta el último, después de todas las deudas. Es como una fila en la que unos tienen prioridad sobre otros, y no puedes saltarte ese orden.
- Art. 197Cuando una Asociación Civil se liquida (se termina), todo su dinero y bienes se usan para pagar deudas y obligaciones en un orden específico. Primero se pagan los gastos de la liquidación y luego las deudas que la asociación tenía hasta el día de las elecciones internas. Este orden de prioridades lo marca el Reglamento, así que las deudas más importantes se cubren antes que las demás.
- Art. 198El artículo 198 habla sobre cómo se ordena a los acreedores, es decir, las personas o empresas a las que se les debe dinero, según la prioridad que tienen para cobrar. El artículo 199 se refiere a que, durante la liquidación de un negocio o persona, se revisa oficialmente quiénes son esos acreedores y cuánto se les debe, para que puedan cobrar en el orden establecido. En pocas palabras, primero se clasifica a los que prestaron dinero según su importancia, y luego se les reconoce formalmente para que sepan si van a recibir su pago.
- Art. 199El liquidador (la persona encargada de cerrar el asunto) hace una lista de a quiénes se les debe dinero, usando los registros contables y documentos que lo comprueben. Esa lista se envía para que la revisen y después se publique en internet, en los estrados del Instituto Electoral y en la Gaceta Oficial de la CDMX. Si alguien cree que le deben y no aparece en la lista, tiene 10 días desde la publicación para ir con el liquidador y pedir que lo reconozcan como acreedor. Para eso, debe llevar su nombre, firma, domicilio, cuánto le deben, en qué consiste la deuda, los documentos que la comprueben (originales o copias certificadas) y, si ya hay algún juicio o trámite relacionado, los datos de ese proceso. Si no tiene los documentos, tiene que decir dónde están y probar que ya pidió sacarlos. Después de esos 10 días, el liquidador manda publicar la lista final con quiénes son reconocidos como acreedores y cuánto se les debe.
- Art. 200El artículo 200 habla sobre cuándo empieza y termina la etapa de liquidación en un proceso legal de quiebra o herencia. Esta parte llamada "De los bienes" se refiere a los pasos para repartir lo que dejó una persona o empresa. En palabras simples, la liquidación arranca en un momento fijado por la autoridad y acaba cuando ya se repartió todo lo que había entre los deudores o herederos. Nada más, es solo un aviso legal sobre los tiempos de ese proceso.