Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/61
- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 61
Artículo 61 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si te pagan con un cheque, ese cheque debe llevar tu nombre completo, no solo "al portador". Así te aseguras de que solo tú puedes cobrarlo. En cuanto a los contratos, ambos tienen que ponerse de acuerdo en los términos y firmarlos. Nadie puede obligarte a firmar algo que no aceptaste.
Texto oficial
Artículo 61. Pago mediante cheque nominativo. Artículo 62. Celebración de contratos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.