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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/31
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
31

Artículo 31 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 31 dice que tienes que entregar informes a la autoridad cuando la ley te lo pida. Es como cuando en la escuela te piden un reporte antes de cierta fecha. Si tienes que hacerlo, debes cumplir en el tiempo y la forma que te indiquen. No hacerlo puede traerte consecuencias legales.

Texto oficial

Artículo 31. Presentación de informes.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.