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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/77
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
77

Artículo 77 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 77 dice que, para cosas como materiales de oficina, papelería o servicios de limpieza que necesita el gobierno, se pueden usar reglas más sencillas para comprarlos. No es necesario hacer un proceso complicado de licitación o concurso, como pasa con obras grandes o compras muy caras. Esto es porque esos materiales o servicios son comunes, baratos o se compran seguido, entonces se pueden adquirir más rápido y sin tanto papeleo. La idea es que el gobierno se abastezca de manera práctica y eficiente para que no falten cosas básicas en su trabajo diario.

Texto oficial

Artículo 77. Materiales, Suministros y Servicios Generales.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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