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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/189
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
189

Artículo 189 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 189 dice que las empresas deben mostrar su información financiera siguiendo ciertas reglas, como cuándo y cómo presentar sus números de ingresos y gastos. El artículo 190 establece que cuando alguien revisa esos datos, debe checar que todo esté completo y cumpliendo con lo que marca la Ley. En pocas palabras, son instrucciones para que la información económica sea clara y no dé lugar a dudas.

Texto oficial

Artículo 189. Reglas para la presentación de la información financiera. Artículo 190. Reglas en la revisión de la información financiera.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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