- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 129
Artículo 129 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una persona o institución recibe algún recurso o dinero público (por ejemplo, del gobierno), tiene la obligación de avisarle a la Secretaría Ejecutiva, que es la encargada de llevar el control. Esto aplica sin importar de qué tipo sea el recurso o la persona que lo recibe. La idea es que todo quede registrado y transparente para que se sepa cómo se usan los fondos. En pocas palabras, si recibes lana del erario, debes reportarlo.
Texto oficial
Artículo 129. Información a la Secretaría Ejecutiva. SECCIÓN 3. RECURSOS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.