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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/38
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
38

Artículo 38 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que hay diferentes formas en que las campañas políticas pueden recibir dinero de particulares, como donaciones de personas o empresas. También incluye los préstamos que los candidatos se hacen a ellos mismos o los créditos que piden a un banco. Este dinero se llama "financiamiento privado", que es cuando los recursos no vienen del gobierno. Cada uno de estos tipos tiene reglas distintas para usarse en las elecciones.

Texto oficial

Artículo 38. Tipos de financiamiento privado.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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