- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 38
Artículo 38 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que hay diferentes formas en que las campañas políticas pueden recibir dinero de particulares, como donaciones de personas o empresas. También incluye los préstamos que los candidatos se hacen a ellos mismos o los créditos que piden a un banco. Este dinero se llama "financiamiento privado", que es cuando los recursos no vienen del gobierno. Cada uno de estos tipos tiene reglas distintas para usarse en las elecciones.
Texto oficial
Artículo 38. Tipos de financiamiento privado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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