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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/106
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
106

Artículo 106 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir información pública, solo tienes que hacer una solicitud por escrito, ya sea en papel o por medios electrónicos. No necesitas decir por qué la quieres ni demostrar que te interesa. La solicitud debe tener tus datos, una descripción clara de lo que buscas y, si quieres, cómo prefieres que te entreguen la información. La autoridad está obligada a contestarte sin poner trabas.

Texto oficial

Artículo 106. Solicitudes de información.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.