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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/36
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
36

Artículo 36 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todos los ingresos que tenga una persona o empresa deben anotarse en su contabilidad, que es como un cuaderno donde se llevan las cuentas. Es obligatorio registrar cada peso que entre, sin importar de dónde venga. Así se lleva un control claro de todo el dinero recibido.

Texto oficial

Artículo 36. Generalidades de los ingresos y registro contable.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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