- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 35
Artículo 35 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los sujetos obligados, que son las personas o empresas que tienen que cumplir con esta ley, deben conseguir dinero para pagar todo lo que necesitan para hacer su trabajo, como equipo, capacitación y personal. Este dinero puede salir de su propio presupuesto, de apoyos del gobierno o de otra fuente que permita la ley. Lo importante es que tengan los recursos suficientes para cumplir con sus obligaciones sin pretextos.
Texto oficial
Artículo 35. Financiamiento de los Sujetos Obligados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.