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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/35
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
35

Artículo 35 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los sujetos obligados, que son las personas o empresas que tienen que cumplir con esta ley, deben conseguir dinero para pagar todo lo que necesitan para hacer su trabajo, como equipo, capacitación y personal. Este dinero puede salir de su propio presupuesto, de apoyos del gobierno o de otra fuente que permita la ley. Lo importante es que tengan los recursos suficientes para cumplir con sus obligaciones sin pretextos.

Texto oficial

Artículo 35. Financiamiento de los Sujetos Obligados.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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