- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 29
Artículo 29 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para llevar la contabilidad simplificada, solo necesitas un libro o registro donde anotes tus ingresos (lo que ganas) y tus egresos (lo que gastas), ya sea en papel o en computadora. También debes guardar los comprobantes de tus gastos, como facturas o tickets, por si te los piden. No hace falta que hagas balances complicados ni que lleves cuentas de muchos libros; con lo básico basta. Esto aplica si eres una persona física con negocios chicos o actividades que no requieren contabilidad completa.
Texto oficial
Artículo 29. Requisitos de la contabilidad simplificada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.