- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 91
Artículo 91 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Al cerrar el periodo contable, tienes que revisar todos los pasivos (deudas u obligaciones que tu negocio debe pagar) y registrarlos correctamente en tus cuentas. Si alguna deuda o pago no se ha registrado como pasivo, debes hacerlo antes de cerrar el periodo. Esto incluye contabilizar ajustes por gastos que ya sabes que vas a pagar, como impuestos pendientes o sueldos por liquidar.
Texto oficial
Artículo 91. Tratamiento de los pasivos al cierre del periodo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.