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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/91
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
91

Artículo 91 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Al cerrar el periodo contable, tienes que revisar todos los pasivos (deudas u obligaciones que tu negocio debe pagar) y registrarlos correctamente en tus cuentas. Si alguna deuda o pago no se ha registrado como pasivo, debes hacerlo antes de cerrar el periodo. Esto incluye contabilizar ajustes por gastos que ya sabes que vas a pagar, como impuestos pendientes o sueldos por liquidar.

Texto oficial

Artículo 91. Tratamiento de los pasivos al cierre del periodo.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.