Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/58
- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 58
Artículo 58 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 58 dice que el dinero que el gobierno gasta se llama "egresos". Estos egresos solo se pueden usar para lo que está escrito en el presupuesto aprobado por la ley. O sea, el gobierno no puede gastar en cosas que no estén autorizadas de antemano.
Texto oficial
Artículo 58. Generalidades de los egresos.
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