- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 115
Artículo 115 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para calcular impuestos, debes ponerle precio a lo que vendes o prestas (Artículo 115). Si ese precio es menor al que normalmente usas en el mercado, el SAT lo considera una "subvaluación" y ajusta el valor para que pagues los impuestos correctos (Artículo 116). En ambos casos, hay plazos fijos para hacer estos cálculos y declararlos.
Texto oficial
Artículo 115. Valuación de las operaciones. Artículo 116. Determinación de subvaluaciones. CAPÍTULO IV. PLAZOS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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