- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 112
Artículo 112 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Estos artículos hablan de que las autoridades van a estar revisando los anuncios y la propaganda que se publican en periódicos, revistas, internet, redes sociales, espectaculares y en la calle. El objetivo es checar todo ese contenido para calcular cuánto vale o cuánto cuesta. Así, pueden saber el valor real de la publicidad que se está difundiendo por todos esos medios.
Texto oficial
Artículo 112. Monitoreo en diarios, revistas y otros medios impresos. Artículo 113. Monitoreo de propaganda en internet y redes sociales. Artículo 114. Monitoreo de espectaculares y propaganda en vía pública. CAPÍTULO III. DE LA VALUACIÓN DE LAS OPERACIONES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.