- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 75
Artículo 75 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando pides gastos de comida y transporte en tu declaración de impuestos, la ley te exige que lleves un registro por escrito, como una libreta o un archivo, detallando cada gasto. Ahí debes anotar cuándo, dónde y por qué los hiciste, además de guardar los tickets o facturas. Esto aplica para cualquier tipo de gasto de este tipo que quieras deducir, no importa si eres persona o empresa. La idea es que puedas comprobar fácilmente que esos gastos sí fueron necesarios para tu trabajo o negocio.
Texto oficial
Artículo 75. Bitácoras de alimentos y pasajes. SECCIÓN 6. GASTOS FINANCIEROS
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