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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/140
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
140

Artículo 140 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La cuenta bancaria concentradora es una cuenta especial donde un negocio o persona guarda el dinero de varias operaciones para luego repartirlo. Sirve para que un solo banco controle todo el dinero que se junta, por ejemplo, de ventas o pagos de clientes. Así, es más fácil llevar la cuenta de cuánto entra y sale, sin mezclar los fondos de cada quien. Esta cuenta ayuda a que las transacciones sean más ordenadas y transparentes.

Texto oficial

Artículo 140. De la cuenta bancaria concentradora.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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