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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/233
Ley
Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Artículo
233

Artículo 233 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice cuándo no se puede seguir con un juicio. Si falta un requisito legal importante, como presentar una demanda sin pruebas o fuera del tiempo permitido, el juez ya no lo revisa. Tampoco procede si alguien más ya resolvió el mismo asunto antes. En pocas palabras, es una lista de razones por las que un juicio se detiene de inmediato.

Texto oficial

Artículo 233. Improcedencia.

Ver texto oficial del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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