Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-fiscalizacion-instituto-electoral/232
- Ley
- Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 232
Artículo 232 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Para que un juez pueda procesar a un adolescente por un delito, primero se necesita una solicitud formal del Ministerio Público. También debe haber pruebas claras de que el adolescente participó en el delito. El juez revisa que se cumplan estos requisitos antes de seguir adelante. En pocas palabras, no se puede acusar a alguien solo por sospechas.
Texto oficial
Artículo 232. Requisitos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.