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Ley
Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
14

Artículo 14 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si necesitas reponer algún documento o trámite, puedes hacerlo siempre y cuando haya dinero en el presupuesto disponible y se sigan las reglas de no gastar de más, usar solo lo necesario y hacerlo de manera eficiente. Esto quiere decir que el gobierno no va a autorizar la reposición si no tiene los recursos o si considera que el gasto no es justificado.

Texto oficial

Artículo 14. El trámite de reposición podrá ser realizado atendiendo a la suficiencia presupuestal y de conformidad con los principios de austeridad, proporcionalidad y gasto eficiente.

Ver texto oficial del Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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