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Ley
Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
81

Artículo 81 del Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cambias de casa y te sales de la zona donde trabajas en la Comisión de Participación, tienes que ir con el jefe de la Dirección Distrital que te toque. Le avisas que ya vives en otro lado y le entregas tu credencial que te identificaba como miembro de la Comisión o Coordinadora. Eso es todo lo que dice la ley.

Texto oficial

Artículo 81. En el supuesto de cambio de domicilio, será necesario que la persona integrante de la Comisión de Participación y en su caso de la Coordinadora de Participación se presente ante la persona titular de la Dirección Distrital que le corresponda, para informar que su domicilio actual se encuentra fuera del ámbito territorial respectivo y entregará la credencial que lo acredita como integrante de la Comisión o Coordinadora de Participación.

Ver texto oficial del Reglamento para el Funcionamiento Interno de los Órganos de Representación Previstos en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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